Podrán inscribirse para votar las organizaciones sociales regidas por la Ley N° 19.418, “sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias”, incluyendo también organizaciones de adolescentes que cuenten con personalidad jurídica; corporaciones, fundaciones, asociaciones u ONG´s sin fines de lucro. Además, cada organización podrá postular a un candidato o candidata para el consejo y deberá inscribir a un representante de su institución como socio o miembro reconocido por la institución. Además, debe encargarse de la educación, difusión y promoción de los derechos inmediatamente vinculados al ejercicio de la participación social y ciudadana (libertad de expresión, derecho a la igualdad, derecho a la información, derecho de petición y a ser oído, derechos de reunión y asociación, entre los más significativos). El Fondo Social Presidente de la República contribuye directamente a potenciar organizaciones territoriales, además de otras instituciones sin fines de lucro, construyendo y aumentando el tejido social, potenciando la participación ciudadana y contribuyendo a la vulnerabilidad social de una comunidad o territorio determinado. Al mismo tiempo, y al apoyar el financiamiento de proyectos de carácter social, contribuye en complementar las políticas de inversión social del Estado.
Se incluye en este registro las donaciones sujetas a franquicias tributarias que señala el Art. 2º de la ley Nº 19862. Proponemos que el CAIGG esté regulado en una ley y que le dé cierta autonomía del gobierno de turno para cumplir su rol y garantice su profesionalismo. La propuesta se indica para proyectos de inversión o iniciativas, independientes del monto, y también se incluye a gobernadores respecto del Core. Finalmente, el informe de la Comisión elaboró forty perez scremini six propuestas, como resultado de un proceso de estudio y participación de los diferentes actores que participaron. El Gobierno anunció la creación de la Comisión para la regulación de la relación entre el Estado, fundaciones y corporaciones en julio, con el objetivo de profundizar la agenda de probidad.
Al efecto, la Constitución Federal de 1988 previó la no interferencia estatal en la creación, funcionamiento y auto-organización de tales entidades. Consolidada la situación anterior, una segunda fase de “participación ciudadana” se inicia con la dinamización del mandato constitucional de participación y management social por representantes de OSCs en el proceso de elaboración, implementación y evaluación de políticas públicas, ejercido en ámbitos tales como planificación municipal, usuarios de servicios públicos, seguridad social, salud, educación, protección del patrimonio cultural, entre otros. La acción de las OSCs bajo esta perspectiva se vio reflejada en su integración en consejos de políticas públicas y, por otra parte en su movilización, incidencia y aportes proposititos en diversas leyes, como la Ley de Recursos Hídricos, la Ley Nacional de Telecomunicaciones, el Estatuto del Niño y del Adolescente, la Ley Orgánica de Asistencia Social, la Ley de Incentivos Fiscales para Proyectos Culturales. El derecho a participar se tradujo en esta fase en el deber del Estado de crear y regular espacios significativos de participación.
Dirección de la página web si la tuviese y correo electrónico oficial de la organización postulante, de su representante authorized y del candidato y de la candidata de la organización. De esta forma se entenderá como Padrón Electoral la lista de organizaciones sociales inscritas y acreditadas correctamente, de las cuales podrán surgir candidaturas a conformar el Consejo de la Sociedad Civil del Ministerio de Bienes Nacionales. El Fondo Social Presidente de la República tiene como objetivo apoyar y complementar las políticas de inversión social del Estado a través de proyectos que pueden ser de equipamiento, implementación o infraestructura, orientados a contribuir a la participación ciudadana. Respecto a gobierno corporativo en las instituciones privadas sin fines de lucro, se propone un mayor control a corporaciones municipales y regionales en el sistema de gestión y management oficial de cada municipio.
Natalia Rioja Vergara, presidenta del Club Adulto Mayor Vida Nueva de Quillota también estuvo presente en la entrega, indicando muy emocionada que “Estos proyectos nos fortalecen, nos ayudan. Se propone reducir el monto para el cual se requerirá, por el Gobernador Regional, la aprobación del consejo regional para proyectos de inversión e iniciativas. Revista publicada en septiembre de 2022, con información referente a los años académicos 2021 y 2022.
También deben dar cumplimiento a inscribirse en el Rol Único Tributario, efectuar Pagos Provisionales Mensuales y practicar las Retenciones de Impuesto, en los casos que corresponda. Estas organizaciones son verdaderos héroes en la defensa de derechos y causas específicas, desde la lucha contra la pobreza, la promoción de la educación y equidad de género, hasta el impulso del emprendimiento, la protección del medio ambiente y la defensa de los derechos humanos. Acceso en primer mano a los programas de transparencia y fortalecimiento, asegurando todo el apoyo disponible para cumplir con el ciclo anual de rendición de la FECU Social, por ejemplo. Entre las novedades de este año, se destaca que aumentó el monto máximo a 8 millones de pesos por iniciativa, como también que se retoma la exigencia de dos años de antigüedad de la persona jurídica como un requisito obligatorio. Una vez abierta la plataforma, las organizaciones deberán realizar un proyecto, que identifica una problemática, desarrolla una propuesta de solución, formular su presupuesto y adjuntar documentación que permita evidenciar el cumplimiento de los requisitos obligatorios.
El diagnóstico se fundamentó en la dispersión de los fondos existentes, generalmente dirigidos a iniciativas de corto plazo, la mayoría de ellos entre seis meses y un año, que implicaban ejecución de programas estatales predefinidos y el consecuente acotamiento de las OSCs participantes a un rol de provisión de servicios públicos por encargo o delegación estatal. Muchos han calificado esta modalidad como simple terciarización de servicios estatales, agravada por los bajos aportes y subvenciones determinados como contraprestación, y por la virtual restricción, si no anulación, del potencial participativo, innovador y de gestión y formulación autónoma de las OSCs. Esta modalidad de financiamiento, generalizada en el trato de la administracion pública hacia las OSCs, obligó a las organizaciones a perder sus especializaciones y a tener que diversificar sus estrategias de sobrevivencia para poder conseguir recursos de más de una fuente o fondo. Entre los organismos que postularon se encuentran municipalidades, instituciones privadas sin fines de lucro, entidades públicas de la región, juntas de vecinos y organizaciones comunitarias y sociales de las fifty two comunas de Santiago.
El informe respectivo, consolidado por la Secretaría de Hacienda, debe ser incluido como un apartado específico del Informe Anual que rinde el Presidente de la República al Congreso de la Unión y de la Cuenta Pública elaborada con base en las leyes de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público, de Transparencia y Acceso a la Información, de Fiscalización Superior de la Federación y demás leyes aplicables. El Registro de Organizaciones Sociales es una herramienta de uso público que contiene la información de organizaciones y asociaciones sin fines de lucro que promueven los derechos y deberes de las personas y comunidades migrantes y refugiadas. Desde Fundación Trascender, queremos hacer un reconocimiento especial a todas las mujeres que, con su dedicación y compromiso, han sido parte fundamental del trabajo que realizamos día a día.En esta fecha tan significativa, extendemos nuestro saludo a todas las voluntarias que han brindado su tiempo y esfuerzo para contribuir al fortalecimiento de nuestras organizacionessociales.
Paradójicamente ahora que el fondo tiene fundamento authorized (antes de la ley, se constituyó y funcionó por casi una década con fundamento en resoluciones administrativas) no ha funcionado porque las autoridades han demorado en constituir el consejo que lo administra. Pero las observaciones de fondo se orientan a la incapacidad del modelo propuesto por la ley de establecer un sistema de sustentación estable para las OSCs y una instancia de coordinación de los distintos mecanismos que en ella se reconocen. La FECU Social tiene por objetivo contribuir al Tercer Sector (ONG´s, asociaciones, fundaciones, empresas sociales sin fines de lucro) en un mayor management y transparencia pública de su gestión, logrando uniformar la información reportada por las organizaciones al Ministerio de Justicia, en un modelo integrado de reporte financiero y de gestión. Pueden ser miembro de la Comunidad Organizaciones Solidarias organizaciones sociales sin fines de lucro, que tengan al menos dos años de personalidad jurídica, cuya misión sea el servicio a personas en situación de pobreza y/o exclusión. “Estuvimos entregando los recursos asignados por Fondo Social Presidente de la República dirigidos a organizaciones sociales para ayudarlas a consolidarse.
Atendiendo las diferencias que hay entre las distintas organizaciones de la sociedad civil, y como ya explicamos en un artículo anterior de nuestra sección Comunidad FT, el hecho relevante es que se trata de “una parte de la sociedad o de la ciudadanía, organizada, que no sólo impulsa iniciativas solidarias, sino también moviliza el interés público”. Las juntas de vecinos y las demás organizaciones comunitarias gozarán de personalidad jurídica por el solo hecho de constituirse con un acta en la secretaría municipal respectiva, dentro del plazo de treinta días contado desde aquel en que se celebró la asamblea constitutiva. A su vez, las unidades vecinales son el territorio, determinado en conformidad con esta ley, en que se subdividen las comunas, para efectos de descentralizar asuntos comunales y promover la participación ciudadana y la gestión comunitaria, y en el cual se constituyen y desarrollan sus funciones las juntas de vecinos.
Todas estas instituciones, si bien cumplen funciones públicas muy diversas, tienen la particularidad de estar dotados de estatutos autónomos bien desarrollados que aseguran o debieran asegurar su autorregulación y buen funcionamiento, en especial la expresión plural de los actores concernidos y el procesamiento democrático de las decisiones y eventuales conflictos, evitando la cooptación o funcionalidad acrítica ante un determinado gobierno. Dentro de ese marco, estos organismos están encabezados por cuerpos directivos colegiados cuyos miembros proceden total o parcialmente de la elección o designación de sectores representativos, ya sea política o culturalmente, o bien de la comunidad de pares respectiva. La existencia de un director o secretario ejecutivo unipersonal tiene su contrapeso en el respectivo consejo directivo cuyos acuerdos y directrices deben seguir, en tanto órgano normativo y de management. Por tanto, la ingeniería institucional del futuro Consejo para la Participación y el Fortalecimiento de la Sociedad Civil no parte de cero en esta materia.
Además, cuentan con incentivos fiscales que promueven su creación y funcionamiento, fomentando así la inversión privada en proyectos sociales. Una Fundación sin fines de lucro es una entidad jurídica que se crea con el propósito de llevar a cabo actividades fundación acción interna de interés social, cultural, educativo, científico, entre otros, y no persigue fines económicos o lucrativos. Su objetivo principal es mejorar la calidad de vida de una comunidad o de un grupo de personas a través de la realización de proyectos sociales.