Esta exigencia no es aplicable a las organizaciones nuevas que llevan a cabo su primer proceso eleccionario. En tal reunión deberá tratarse expresamente el tema relativo a rehacer el registro de socios, respetando la fecha de incorporación a la organización, si se pudiere. • Asimismo, quedará a cargo del libro de registro de socios, para actualizarlo, es decir, deberá inscribir a los nuevos socios y registrar las bajas, ya sea por renuncias, fallecimientos, o, tratándose de organizaciones territoriales, como Juntas de Vecinos, los cambios de domicilio fuera de la unidad vecinal. Si la organización no subsanara las observaciones, su personalidad jurídica caducará por el solo ministerio de la Ley. Respecto a las organizaciones comunitarias funcionales, se requiere un mínimo de 15 personas. Dado que el objetivo del sistema de salud es mejorar la salud de la población con la prolongación de la vida y de los años libres de enfermedad, el éxito y la calidad de sus actuaciones se deben medir según el grado de consecución de estos objetivos.
Por otra parte, y aunque no tienen personalidad jurídica de derecho público, el diseño puede tomar, además, elementos de modelos tales como la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica (CONICYT) y el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes. Todas estas instituciones, si bien cumplen funciones públicas muy diversas, tienen la particularidad de estar dotados de estatutos autónomos bien desarrollados que aseguran o debieran asegurar su autorregulación y buen funcionamiento, en especial la expresión plural de los actores concernidos y el procesamiento democrático de las decisiones y eventuales conflictos, evitando la cooptación o funcionalidad acrítica ante un determinado gobierno. Dentro de ese marco, estos organismos están encabezados por cuerpos directivos colegiados cuyos miembros proceden complete o parcialmente de la elección o designación de sectores representativos, ya sea política o culturalmente, o bien de la comunidad de pares respectiva. La existencia de un director o secretario ejecutivo unipersonal tiene su contrapeso en el respectivo consejo directivo cuyos acuerdos y directrices deben seguir, en tanto órgano normativo y de control. Por tanto, la ingeniería institucional del futuro Consejo para la Participación y el Fortalecimiento de la Sociedad Civil no parte de cero en esta materia.
Y este pie forzado de lo administrativo de alguna manera se trasluce en nuestra actitud hacia el área. Conocer la importancia de elementos claves para el éxito de las organizaciones, tales como la motivación, la comunicación, los liderazgos, los principios y valores, la resolución de conflictos. Es elementary trabajar algunos puntos en común de todas las organizaciones, tales como el trabajo en equipo, el cambio, la resolución de conflictos, la comunicación y el liderazgo.
Consolidada la situación anterior, una segunda fase de “participación ciudadana” se inicia con la dinamización del mandato constitucional de participación y control social por representantes de OSCs en el proceso de elaboración, implementación y evaluación de políticas públicas, ejercido en ámbitos tales como planificación municipal, usuarios de servicios públicos, seguridad social, salud, educación, protección del patrimonio cultural, entre otros. La acción de las OSCs bajo esta perspectiva se vio reflejada en su integración en consejos de políticas públicas y, por otra parte en su movilización, incidencia y aportes proposititos en diversas leyes, como la Ley de Recursos Hídricos, la Ley Nacional de Telecomunicaciones, el Estatuto del Niño y del Adolescente, la Ley Orgánica de Asistencia Social, la Ley de Incentivos Fiscales para Proyectos Culturales. El derecho a participar se tradujo en esta fase en el deber del Estado de crear y regular espacios significativos de participación. Una objeción previsible y fundada, por cierto, en un riesgo evidente, es que un esquema tal de Consejo de Participación Ciudadana y de Fondo de Fortalecimiento respectivo “institucionalice” y burocratice (en sus peores versiones), o funcionalice o capture organización lineal ejemplos en provecho del gobierno de turno o de segmentos particulares en el Estado, el fenómeno y los agentes sociales eminentemente independientes, irreductibles y “líquidos” de la sociedad civil. Se debe aclarar que la concepción y eventual diseño de este Consejo no corresponde a ni tiene vocación de convertirse en un Ministerio. Se trataría de un organismo autónomo del Estado, independiente pero relacionado con el Poder Ejecutivo, con personalidad jurídica de derecho público, atribuciones legales y patrimonio propio, al modo como lo son, por ejemplo, la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI), el Consejo para la Transparencia o el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), sin pretender que alguno de estos configure un modelo ideal ni mucho menos.
Para solicitar formar parte del registro, no será necesario tener personalidad jurídica, pero sí contar con trayectoria de a lo menos tres años de existencia en el territorio y no tener fines de lucro. Además, las organizaciones interesadas deberán incluir dentro de sus objetivos el desarrollo comunitario mediante la identificación de las problemáticas locales;contribuir a dar respuesta a las prioridades e intereses de la comunidad a la que se pertenece; aportar al reconocimiento de la identidad local y a la transformación social y territorial; entre otros requisitos. A este fondo pueden postular organizaciones funcionales y territoriales de la Región Metropolitana, regidas por la Ley Nº19.418, sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias, con personalidad jurídica vigente no inferior a dos años y con domicilio en la Región Metropolitana de Santiago, e instituciones privadas sin fines de lucro (fundaciones, corporaciones, ONGs) con personalidad jurídica vigente no inferior a dos años. Finalmente, otro modelo digno de ser explorado y que puede aportar lecciones a iniciativas en Chile es el que provee la legislación española, con la Ley Nº 38, General de Subvenciones, de 2003, y su Reglamento.
El sistema físico está constituido por los RRHH, recursos materiales, instalaciones, insumos y equipamiento tecnológico. El sistema abstracto es el conjunto de políticas, relaciones jerárquicas, estilos, normas y procedimientos que permiten marcar las reglas para la utilización del sistema físico y de los factores productivos con el objeto de lograr los objetivos organizacionales. Estos reductores de variedad necesitan el apoyo de la autoridad para que se apliquen en las organizaciones sociales. La autoridad es un fenómeno natural cuyo origen se encuentra en la necesidad de mantener el orden dentro del sistema social. Si la división del trabajo o especialización tiene como consecuencia el aumento de la diferenciación y de la diversidad dentro del organismo, es necesario entonces que también haya una fuerza en sentido contrario, capaz de lograr la regulación y el management de la variedad, para que la organización se mantenga bajo control. El registro priorizará aquellas organizaciones con mayor antigüedad en cada una de las regiones y que desarrollen sus acciones en comunas con alto índice de pobreza multidimensional e índice de aislamiento.
Por tanto, todas las asociaciones, estén o no registradas legalmente, “deben disfrutar del derecho a recabar y obtener financiación de entidades nacionales, extranjeras e internacionales, incluidos particulares, empresas, organizaciones de la sociedad civil, gobiernos y organizaciones internacionales.” (Informe 2012, Relator ONU). La comisión electoral deberá desempeñar sus funciones en el tiempo que medie entre los dos (2) meses anteriores a la elección y el mes (1) posterior a esta. La calidad de socio se adquiere la calidad por el hecho de firmar de manera voluntaria y personal del acta de constitución de la organización; o mediante la Inscripción en el registro de socios, una vez que la junta de vecinos u organización funcional se encuentre constituida. Las empresas de servicios de salud son consideradas sistemas mixtos, porque las integran elementos estructurales y elementos abstractos.
Esta área de administración existirá siempre en todo emprendimiento y estará presente por lo tanto en las empresas sociales. El Registro de organizaciones del Instituto Nacional de Derechos Humanos es un registro público de instituciones de la sociedad civil vinculadas a la defensa y promoción de los derechos humanos en Chile, las cuales deben designar a cuatro integrantes del Consejo. La propia jurisprudencia del Tribunal Supremo Federal ha reconocido la dimensión constitucional de esta participación a través de la ejecución directa de acciones en colaboración con el Estado, incluso con la posibilidad de financiamiento público de las OSCs para la realización de servicios de relevancia pública.
Presidenta destaca en ceremonia de Graduación 2017 del Centro de Formación La Chimba, que este Centro de Formación tiene su motor en la propia energía de la gente. Presentación de Movimiento por la Diversidad Sexual, MUMS, Hacia un Sistema de Pensiones Inclusivo, en el cual señalan la necesidad de terminar con el actual sistema previsional.la relación de la temática vinculada a la diversidad sexual y cómo es… Presidenta señala durante la promulgación de la ley sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía conocida como “Ley Cholito” la importancia de la culminación de un proceso que representa un paso relevante para asegurar el cuidado … Mandataria señala que a través de la firma del proyecto de Ley que tipifica la Incitación a la Violencia, se incorpora un nuevo artículo a nuestro Código Penal, que castigará a quienes inciten directamente de forma pública o a través de medios que… Mandataria durante la ceremonia de promulgación de la Ley que crea la Región de Ñuble destaca el esfuerzo de la comunidad organizada, al Comité Ñuble Región y a las más de 40 organizaciones que lo integran; a todos los alcaldes y concejales, a lo…
Las reclamaciones a los procesos eleccionarios deben presentarse ante el Tribunal Electoral Regional, quien conocerá y resolverá las reclamaciones que cualquier vecino/vecina afiliado/a a la organización presente. Si se produjera un empate, prevalecerá la antigüedad en la organización comunitaria, y si éste subsiste, se procederá a sorteo entre los empatados. La elección será directa, secreta e informada y cada socio afiliado tendrá derecho a votar por un solo candidato. • Sobre la base del libro de socios actualizado se confeccionará el padrón o nómina de socios con derecho a voto y aquellos con derecho a ser candidato. No se dará curso al proceso eleccionario si existe una discordancia en la identificación de los integrantes de la Comisión Electoral, a no ser que se acredite que hubo un cambio en la misma, lo que deberá constar en un acta de sesión extraordinaria.
sin fines de lucro, asociaciones, colegios profesionales, juntas de vecinos, clubes deportivos, entre otras organizaciones. Jefa de estado destaca al participar en ceremonia de entrega de subsidios del Fondo Solidario de Elección de Vivienda, que representa una tremenda satisfacción la entrega de estos subsidios para compartir a 262 familias, que hoy reciben los subsid…
Facilita, además, la puesta en práctica de distintas modalidades de participación ciudadana por parte del SERMIG. Permite dar visibilidad al trabajo que realizan las organizaciones compuestas por personas migrantes; las organizaciones que trabajan en relación con las comunidades migrantes organización social de los y las universidades, centros de estudios y/o institutos que producen conocimientos en torno a las migraciones. El Fondo Nacional para el Fomento del Deporte o FONDEPORTE, es la herramienta más importante que posee el IND para el fomento de la actividad física y el deporte.
Es importante señalar, que los integrantes de la comisión que se individualizan en este documento, deben ser los mismos que se eligieron, y que ya fueron identificados en el comunicado de la elección. • La Comisión Electoral realizará el escrutinio respectivo y custodiará las cédulas y demás antecedentes electorales, hasta el vencimiento de los plazos legales establecidos para presentar reclamaciones y solicitudes de nulidad. • Esta Comisión, deberá comunicar la fecha de la elección al/a la Secretario/Secretaria Municipal con al menos 15 días hábiles de anticipación a la elección. El artículo N° 10, letra K) de la Ley N° 19.418, establece que el proceso eleccionario estará a cargo de una Comisión Electoral, que debe establecerse dos meses antes a la elección. Si el acto de constitución de la organización, es objetado, esta tendrá que subsanar las observaciones formuladas dentro del plazo de 90 días, contado desde su notificación.