Como también, es necesario fijarse en que las distintas asociaciones a las que pertenezcas o pretendas pertenecer no realicen actos contrarios a la dignidad y valor de la persona, al régimen de Derecho y al bienestar basic de la sociedad democrática. Cuando ya hayas efectuado el depósito, el secretario tendrá un plazo de 30 días para objetar la constitución, cuando no se cumplan con los requisitos que dispone la ley. El acto por medio del cual se constituyen las corporaciones y las fundaciones deberá constar en escritura pública o escritura privada suscrita ante Notario.
Véase una aproximación al fenómeno en Radrigán/Barría (2006); Radrigán/Dávila/Penaglia (2012) y Alcalde (2014a). Iv) provienen de un mismo poblado antiguo (art. 9° de la ley N° 19.253). Si es requisito tener un patrimonio inicial, ahora bien no existe un mínimo de dinero o especies. Es decir, puedes comenzar diciendo que en los estatutos vas a aportar $100.000, por ejemplo. El financiamiento puede provenir del capital inicial de la fundación o bien desde los fondos obtenidos a través de donaciones.
Se procederá, entonces, a la inscripción de la corporación educacional en un registro especial que deberá llevarse para estos efectos, y cuya regulación se encomienda a un reglamento. La personalidad jurídica surge por el solo hecho del depósito. Para acreditar ese hecho, la Secretaría Regional deberá autorizar una copia del instrumento constitutivo, en la cual se anotará la fecha del depósito y el número del registro. En la actualidad existen miles de organizaciones sin fines de lucro, que al decir del Servicio de Impuestos Internos pueden ser asociaciones, corporaciones, fundaciones, sindicatos, cooperativas, ONG, organizaciones religiosas, etc. La inclusión de las cooperativas al parecer es un error, pues su ley particular no las trata como entidades sin fines de lucro.
A la institución le llegará una carta por correo certificado comunicando si fue aceptada o rechazada. Si fue aceptada, se le citará una capacitación sobre la Ley de Donaciones Sociales. Descuentos en instituciones académicas que ofertan cursos, diplomados y magísters con programas de interés a OSC.
32 El artwork. 547 del CC establece las iglesias y comunidades religiosas se rigen por «sus leyes y reglamentos especiales». La jurisprudencia ha señalado que esta expresión significa que «las comunidades religiosas deben regirse en cuanto a sus derechos civiles, por sus constituciones y leyes canónicas». Véase, por ejemplo, SSCA Santiago 29 de marzo de 1882 (GT 882, N° 501, p. 298), Valdivia 27 de abril de 1907 (RDJ VI, sec. 1a, p. 10) y Santiago 30 de diciembre de 1953 (RDJ LI, sec. 2a, p. 26). 31 Existen corporaciones de tipo fundacional y fundaciones de tipo corporacional.
No es responsable del contenido de páginas web con enlaces o hyperlinks hacia o desde nuestra página. Durante el encuentro se dio a conocer distintos puntos de vistas y realidades, recogiendo una variedad de materias en las que el Servicio puede aportar y contribuir al desarrollo de capacitaciones y cursos orientados en mejorar la empleabilidad y también apoyar al crecimiento de emprendimientos o ideas de negocio, desde el espectro de la entrega de conocimientos y nuevas competencias. Organizaciones de artesanos, medioambientales, culturales, deportivas, educacionales y de defensa al consumidor se dieron cita en el segundo piso del edificio A de la Universidad de O’Higgins, para conformar de la Mesa Directiva que compone el Consejo de la Sociedad Civil (COSOC) del Sence O´Higgins 2022.
Fundaciones y corporaciones sin fines de lucro, asociaciones, colegios profesionales, juntas de vecinos, clubes deportivos, entre otras organizaciones.
Igual interpretación es para la renta, teniendo presente que no hay reparto ni distribución alguna de utilidades a sus miembros o asociados. Desde Fundación Trascender, queremos hacer un reconocimiento especial a todas las mujeres que, con su dedicación y compromiso, han sido parte fundamental del trabajo que realizamos día a día.En esta fecha tan significativa, extendemos nuestro saludo a todas las voluntarias que han brindado su tiempo y esfuerzo para contribuir al fortalecimiento de nuestras organizacionessociales. Su dedicación ha permitido democratizar el acceso a la información y fortalecer el tejidosocial, promoviendo así el desarrollo y la participación ciudadana.
Iv) como otra clase de personas jurídicas sin fines de lucro establecidas por leyes especiales. Una Fundación sin fines de lucro es una entidad jurídica que se crea con el propósito de llevar a cabo actividades de interés social, cultural, educativo, científico, entre otros, y no persigue fines económicos o lucrativos. Su objetivo principal es mejorar la calidad de vida de una comunidad o de un grupo de personas a través de la realización de proyectos sociales. Permite inscribir corporaciones y fundaciones sin fines de lucro, que presten servicios a favor de personas de escasos recursos y/o personas con discapacidad, en el registro de donatarios de la Ley de Donaciones Sociales. Las organizaciones sin fines de lucro son aquellas entidades que persiguen un fin común distinto a la obtención de una ganancia o utilidad a repartir entre sus asociados.
Como vicepresidenta, se confirmó a Ana Celia Muñoz, del Club de Artesanos de Rengo, y Claudia Alarcón, directora Equidad de Género y Diversidades de la Universidad de O’Higgins, asuió como secretaria ejecutiva del organismo civil. María Luisa Lorca, presidenta de la Fundación Inclusomos de Biobío, agrega que han “confiado plenamente en el modelo de voluntariado profesional Trascender, ya que desde siempre nos han ayudado con una logística muy rápida y eficiente, los voluntarios que poseen son muy profesionales en su trabajo y preocupados”. En este Día Internacional de la Mujer, reafirmamos nuestro compromiso con la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres. Sigamos trabajando juntos para construir un mundo más justo e inclusivo para todas. Personas en cargos de alta jerarquía en una Organización Sin Fines de Lucro y que participan activamente de la toma de decisiones relacionadas, especialmente, con el financiamiento de la institución.
Las fundaciones o corporaciones deben garantizar cierta protección y responsabilidad sobre los trabajadores como cualquier otra organización. Entre los meses de Diciembre a Agosto del año 2012, Chile Transparente desarrolló la asesoría “Incorporación de Estándares de Transparencia ods1 y Sistema de Gestión Ética en la Sociedad Chilena de Derecho de Autor (SCD)”. Los antecedentes de las instituciones postulantes serán analizadas por el Ministerio de Desarrollo Social y su incorporación al Registro dependerá de la aprobación del Consejo.
El propósito de esta publicación es permitir a abogados, profesores y ejecutivos de corporaciones, fundaciones y asociaciones gremiales tener apoyo práctico en un área poco explotada en la literatura jurídica, con énfasis en temas concretos más que en disquisiciones puramente doctrinarias. En el caso de la Cooperativa, es distinto y es mucho más comparable a crear una sociedad comercial. Si bien haremos un artículo en extenso, por ahora bástese con decir que se crea mediante la reducción a escritura publica del acta de constitución de la cooperativa, la que debe ser inscrita en el Conservador de Bienes Raíces y publicada en el Diario Oficial.
Según la actividad que la fundación desea desarrollar, se deberá acoger a los requisitos de alguna de las leyes vigentes que regulen las donaciones. La diferencia entre una corporación o fundación radica en que en la corporación lo importante es la unión de personas dedicadas a fines benéficos, mientras que en la fundación el elemento determinante pobreza es un patrimonio (por ejemplo, un inmueble) que se destina a dicho fin beneficioso. Además, todas las instituciones del registro pueden participar en el concurso público del Fondo Mixto. • dictamen de auditoría• consultoría tributaria en casos específicos• registro ante entidades del gobierno• atención de asuntos legales laborales.