Naturalmente, las barreras son mayores con las organizaciones cuya racionalidad se outline negativamente con respecto a las racionalidades de los otros dos sectores. Y, para complicar aún más las cosas, los problemas de la sociedad siguen siendo amplios y difusos y no se dejan encasillar en los sectores definidos por la diferenciación. Se trata de un grupo técnico de trabajo de carácter transversal que abordará la relación de las instituciones privadas sin fines de lucro (corporaciones y fundaciones) con el Estado, sobre la base de los principios de transparencia, efectividad, eficiencia y rendición de cuentas. La primera, dice relación con las características fundamentales de las OSFL que detallábamos a inicios de este trabajo.113 Las mismas no solo poseen una naturaleza particular y distintiva en relación con empresas, sino que también exhiben características concretas que tienen repercusión en los riesgos delictivos que deben enfrentar.
Sostiene relaciones y colaboraciones entre distintas personas e instituciones, además de favorecer el frágil equilibrio entre Estado, privados y sociedad. Las personas detrás de dichas organizaciones han dedicado décadas, incluso vidas enteras, en la búsqueda de justicia social, equidad y, por sobre todo, la superación de la pobreza. Desde cultura y artes hasta medioambiente, pasando por educación, vivienda y desarrollo social son los principales temas que abarcan, los que muchas veces serían simplemente desechados de no ser por estas organizaciones.
El estudio se desarrolló desde Marzo a Octubre del 2012, donde se consideró una etapa de Diagnóstico y levantamiento de la información tanto a nivel nacional como internacional, por medio de revisión de legislación y documentación; evaluación de transparencia activa; estudios de caso; grupos focales y entrevistas a expertos, directores ejecutivos, donantes y organismos del Estado. A partir de este estudio se identifican los obstáculos, desafíos y avances en materia de transparencia en OSFL y se propone un modelo de rendición de cuentas, contextualizado a la realidad nacional. Respecto a gobierno corporativo en las instituciones privadas sin fines de lucro, se propone un mayor management a corporaciones municipales y regionales en el sistema de gestión y management oficial de cada municipio. Según la OCDE, en la Declaración de Busan, “las organizaciones de la Sociedad Civil juegan un rol elementary en permitir que las personas reclamen sus derechos, en promover enfoques basados en derechos, en formar las políticas y asociaciones, y en monitorear la implementación”. Son entidades privadas, autónomas, voluntarias y no lucrativas, como fundaciones y corporaciones, asociaciones, colegios profesionales, juntas de vecinos, clubes deportivos, entre otras, organizaciones que defienden derechos o causas específicas, como Médicos sin Fronteras, Amnistía Internacional, el Cuerpo de Bomberos o nuestra Fundación Trascender, por ejemplo.
En una ceremonia realizada en el Palacio de La Moneda, el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, recibió el informe de la Comisión Asesora Ministerial para la Regulación de la Relación entre las Instituciones sin Fines de Lucro y el Estado que propone 46 medidas. “Si las personas desconfían de organizaciones sociales que existen las instituciones con motivos fundados, se dañan no solamente esas instituciones, sino la convivencia y la cohesión social. Y cada peso que se desvía a otros intereses significa, además, reducir la capacidad del Estado para responder a las necesidades de la ciudadanía”, afirmó el Mandatario durante la ceremonia.
Considerar esta ventaja para las empresas como un logro de la colaboración puede contribuir, además, a que se amplíe la oferta de programas y proyectos ejecutados por la fundación, lo que también es un valor específico producto de este encuentro entre empresa y mundo social. Otro elemento facilitador del surgimiento de las alianzas está relacionado con el interés de ciertas empresas por conformarlas. La aparición relativamente reciente de este interés se deriva de condiciones de la moderna sociedad mundial (Luhmann, 2007). Algunas OSFL indican que en las empresas se está produciendo un clima favorable a la colaboración con ellas, debido a una mayor conciencia de responsabilidad social empresarial. La colaboración entre empresas con afán de lucro y OSFL puede ser definida como acuerdos voluntarios y cooperativos cuyo objetivo es mejorar la posición competitiva y el desempeño de empresas y OSFL (Austin y Seitanidi, 2012; Bouwen y Taillieu, 2004; Jamali y Keshishian, 2009; Koljatic y Silva, 2008; Kolk et al ., 2008; Seitanidi, 2010; Wohlstetteret al, 2005). Envuelven una cuidadosa consideración de la elección del socio (Seitanidi et al, 2011), una misión interconectada (Austin, 2000; Vangen y Huxham, 2011), alineamiento de valores (Samii et al, 2002), una clara asignación de administración de responsabilidad en las áreas de competencia de ambas organizaciones (Austin, 2000; Austin, 2003), compromiso de recursos, comunicación abierta y constructiva.
Ello implica que la organización del tercer sector es capaz de demostrar, ante las empresas donantes, una adecuada gestión de los recursos económicos obtenidos y el cumplimiento de los objetivos planteados en las acciones sociales financiadas por las empresas. Esto también tiene un efecto positivo sobre empresas privadas que buscan alianzas que les faciliten lograr los requerimientos sociales de Responsabilidad Social Empresarial. Ponemos a disposición el Instructivo del fondo social del FNDR 6% del año 2020, para subvención de actividades de carácter social, asociada a la pandemia COVID 19, para organizaciones privadas sin fines de lucro.
La comisión propuso 46 medidas concretas para mejorar la regulación y relación entre el Estado y las instituciones privadas sin fines de lucro, las que serán evaluadas por el Ejecutivo. 94Es importante destacar, que en la ley chilena el sujeto pasivo de dichas obligaciones es la persona jurídica propiamente tal, no las personas naturales en posición dominante en la organización, como ocurre en el artwork. 31 bis N° 1 lit. Este puede materializarse en el pago de un beneficio a funcionarios con el objeto de, por ejemplo, obtener la adjudicación de fondos concursables, lograr la aprobación de cuentas, evitar sanciones, o establecer una relación favorable con los receptores. La mayor prevalencia de ingresos a través de subvenciones y contratos de prestación de servicios al Estado conduce, necesariamente, a una mayor incidencia de este delito en OSFL. Estudio adjudicado el 21 de Diciembre del 2011 mediante la licitación pública LP11 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Este estudio pretende elaborar un modelo conceptual que permita conocer las relaciones de colaboración existentes entre OSFL orientadas a servicios humanos y organizaciones donantes, donde el producto de tal relación es la generación de valor social y económico. Para ello se enfoca en lo que los directivos o representantes de OSFL orientadas a servicios humanos informan sobre las características de su alianza. La comisión también revisará los mecanismos de management organizaciones sociales en la actualidad y rendición de cuentas, generará propuestas para prevenir los conflictos de intereses y propondrá sanciones en caso de que las instituciones no utilicen los fondos estatales en los proyectos para los cuales fueron asignados. Nos encontramos frente a un desafío y oportunidad única para que las ONG asuman y consoliden procesos que aseguren su propia credibilidad y legitimidad en la sociedad chilena actual.
El Presidente de la República, Gabriel Boric Font, aterriza en Concepción y sostiene reunión de coordinación. Sociedad en Acción utiliza la definición hecha por el Centro de Estudios de la Sociedad Civil de la Universidad John Hopkins par resolver qué entidades son efectivamente Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), estableciendo cinco requisitos. El Presidente de la República, Gabriel Boric, encabezó la ceremonia de entrega del informe de la Comisión Asesora Ministerial para la Regulación de la Relación entre las Instituciones sin Fines de Lucro y el Estado, realizada en el Patio de Las Camelias del Palacio de La Moneda. Ha sido profesor de la cátedra de derecho administrativo en la Universidad de Chile, Pontificia Universidad Católica de Chile, Universidad Católica del Norte, Universidad Central, Universidad Gabriela Mistral, Universidad Finis Terrae y Universidad de Los Andes. Además, ha sido Profesor de postgrado en diversas Universidades de Chile y del extranjero. La instancia, que será presidida por la abogada María Jaraquemada, estará compuesta por cinco comisionados y funcionará con un plazo de forty five días.
Es miembro de la Sociedad Internacional de investigación en el Tercer Sector. Obtuvo su doctorado en Política Social en el London School of Economics. Fue Director del Capítulo Chileno de Transparencia Internacional, de la Comunidad de Organizaciones Solidarias, del Círculo Legal ICARE, del Comité Académico del Magíster que imparte la Universidad del Desarrollo en Concepción, de la Asociación Española e Iberoamericana de Profesores e Investigadores de Derecho Administrativo (constituida bajo el patrocinio de la Universidad Pontificia de Comillas (Madrid). Ejerce como árbitro del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago (CAM). 97Sobre la relación entre autorregulación y gobierno corporativo NIETO (2013), p. 24; NIETO (2008a), pp. eighty two y ss.
La presidenta de la comisión será la abogada María Jaraquemada Hederra, quien estará acompañada por Ramiro Mendoza Zúñiga, Jeannette von Wolfersdorff, Ignacio Irarrázaval Llona y Francisco Agüero Vargas, mientras que la abogada Valeria Lübbert Álvarez apoyará la tarea del equipo como secretaria ejecutiva. Entre los meses de Diciembre a Agosto del año 2012, Chile Transparente desarrolló la asesoría “Incorporación de Estándares de Transparencia y Sistema de Gestión Ética en la Sociedad Chilena de Derecho de Autor (SCD)”. A la institución le llegará una carta por correo certificado comunicando si fue aceptada o rechazada.
Como se ha podido observar, algunas características de las OSFL equivalen a vulnerabilidades en la esfera penal. Estas, a su vez, pueden ser explotadas criminalmente, generando un riesgo de comisión de actividades delictivas.136 La identificación y evaluación en probabilidad e impacto del riesgo inherente que exhiben este tipo de entidades, es elementary para la prevención del fenómeno delictivo organizacional. En este sentido, en la implementación de sistemas de compliance penal en OSFL es particularmente relevante definir criterios razonables en cuanto a esta categoría del riesgo, con el fin de que pueda, a su vez, ser contrarrestado con controles capaces de detectarlo y medidas concretas aptas para mitigarlo. La segunda consecuencia penal emana del rol de las OSFL como integrantes de la sociedad civil y como delegatarias de una función pública estatal (que constituye el primer issue identificado de este sistema de injusto).