Gobierno Anuncia Conformación De La Comisión Ministerial Para La Regulación De La Relación Entre Las Instituciones Privadas Sin Fines De Lucro Ipsfl Y El Estado Ministerio Secretaría General De Gobierno

Así, distintas OSFL destacan que las alianzas de colaboración permiten mejorar habilidades de inserción laboral en discapacitados o generan un impacto real en la vida de personas económicamente necesitadas. De esta manera el estado estimula la relación entre OSFL y empresas donantes incrementando, en una forma atractiva para ambas clases de organizaciones, los recursos económicos de que dispone la organización social para realizar sus actividades. Los aportes financieros condicionan el alcance de los programas y proyectos de las OSFL y las empresas lucrativas disminuyen su carga impositiva, por lo que las alianzas de colaboración se vuelven realmente importantes. Entre las condiciones que caracterizan la situación actual de las alianzas de colaboración, también se encuentran dificultades derivadas de la falta de experiencia en el trato entre organizaciones que, como vimos, operan con racionalidades tan diferentes. Todavía no se ha desarrollado plenamente un know how de la colaboración, lo cual queda en evidencia por la ausencia de estándares o pautas que ayuden a otras OSFL a iniciar alianzas de colaboración con empresas lucrativas.

Este estudio buscó identificar y analizar las mejores prácticas internacionales en transparencia en OSFL, de modo tal de promover estos modelos en las organizaciones nacionales que quieran implementarlos de manera voluntaria, teniendo en consideración su tamaño y envergadura. Somos una fundación que desde el 2001 trabajamos para fortalecer a la Sociedad Civil a través del voluntariado profesional y el desarrollo comunitario, conectando personas con vocación social y organizaciones sociales que necesiten de su conocimiento y experiencia laboral. Formamos alianzas virtuosas que hacen más fuerte el tejido social y, con ello, contribuimos a la superación de la pobreza y la disminución de las desigualdades. Únete y colaboremos para crear un Chile más solidario, justo, igualitario e inclusivo. Pero, diferencias mediante, en definitiva, el trabajo de las organizaciones de la sociedad civil tiene como finalidad promover mejoras para las personas y las comunidades, de manera de impulsar un enfoque que considere brechas, desigualdades, índices de pobreza y todos aquellos factores que dificultan el desarrollo pleno del ser humano en sus dimensiones sociales, económicas y culturales. Lo que cube la ley es que las personas jurídicas de derecho privado pueden ser Corporaciones y/o Asociaciones cuando se trata de la unión estable de una pluralidad de personas que persigue fines ideales o no lucrativos.

Por este motivo, las OSFL estudian cuidadosamente a sus eventuales patrocinadores y la imagen que proyectan sobre sus voluntarios, sus beneficiarios y otros donantes efectivos o potenciales. La mayoría de la literatura que aborda las alianzas se ha centrado en delinear la naturaleza de la colaboración y distinguir entre distintos niveles y grados de intensidad de esta cooperación. Austin (2000; Austin et al, 2006) ha descrito tres etapas de colaboración, las que van desde la filantropía a la integración. La colaboración entre empresas con afán de lucro y OSFL puede ser definida como acuerdos voluntarios y cooperativos cuyo objetivo es mejorar la posición competitiva y el desempeño de empresas y OSFL (Austin y Seitanidi, 2012; Bouwen y Taillieu, 2004; Jamali y Keshishian, 2009; Koljatic y Silva, 2008; Kolk et al ., 2008; Seitanidi, 2010; Wohlstetteret al, 2005). Envuelven una cuidadosa consideración de la elección del socio (Seitanidi et al, 2011), una misión interconectada (Austin, 2000; Vangen y Huxham, 2011), alineamiento de valores (Samii et al, 2002), una clara asignación de administración de responsabilidad en las áreas de competencia de ambas organizaciones (Austin, 2000; Austin, 2003), compromiso de recursos, comunicación abierta y constructiva.

La presidenta de la comisión será la abogada María Jaraquemada Hederra, quien estará acompañada por Ramiro Mendoza Zúñiga, Jeannette von Wolfersdorff, Ignacio Irarrázaval Llona y Francisco Agüero Vargas, mientras que la abogada Valeria Lübbert Álvarez apoyará la tarea del equipo como secretaria ejecutiva. A la institución le llegará una carta por correo certificado comunicando si fue aceptada o rechazada. Si fue aceptada, se le citará una capacitación sobre la Ley de Donaciones Sociales.

Aterrizando el anterior razonamiento en el sistema de imputación, el art. 3° in. 1° de la LRPPJ establece la infracción de “deberes de dirección y supervisión”. La colaboración entre empresas con afán de lucro y OSFL puede observarse, entonces, bajo un nuevo prisma. Las OSFL encuentran además, en la alianza, organizaciones sin fines de lucro que son nuevas posibilidades de generación de valor, mostrando que la acción social puede contener una coherenciafinanciera, una nueva mirada sobre compartir riesgos y responsabilidades respecto del entorno social, una visión pragmática sobre los fenómenos sociales y su vinculación e impacto con el desempeño empresarial.

115A mayor abundamiento, en la evaluación de su idoneidad debe tenerse en cuenta si el análisis de riesgo interno de la institución ha registrado, identificado, categorizado y, en caso necesario, ponderado suficientemente los riesgos específicos y, sobre esta base, ha definido y aplicado medidas idóneas de prevención de delitos. Otro concepto dice relación con “la totalidad de las estructuras de gobierno en una organización, que aseguran el cumplimiento de la debida rendición de cuentas y la protección de los intereses de los stakeholders”. 87En materia de autorizaciones administrativas como normas extrapenales véase CONTRERAS (2019), pp. 418 y ss. 83Según la opinión mayoritaria de la doctrina, el defecto de organización se enfoca en esto último, es decir, en la ausencia de un modelo adecuado y eficaz de organización destinado a la detección y prevención de delitos. HERNÁNDEZ (2012), p. eighty five; NIETO (2008b), p. 14; GARCÍA (2014), p. ninety one; FARALDO (2019), p. 53, con ulteriores referencias. 80El catálogo de sujetos activos se divide entre sujetos en posición dominante, esto es, dueños, controladores, responsables, ejecutivos principales, representantes o quienes realicen actividades de administración y supervisión; y sujetos que estén bajo la dirección o supervisión directa de alguna de las anteriores personas (art. 3° in. 1° y 2° de la LRPPJ).

organizaciones sin fines de lucro privadas

Si bien, estas organizaciones no están obligadas por ley a cumplir con los criterios de transparencia y acceso a información como se le exige a las instituciones públicas, sí rinden cuenta cuando reciben aportes estatales. Una rendición que debiese ser estandarizada y que no dependa de las instituciones que otorgan dichos recursos -como existe en la actualidad- es un desafío que debe afrontarse a la brevedad. Bajo este contexto, las organizaciones sin fines de lucro deben dar pasos hacia una mayor organizacion sin lucro autorregulación e incorporar prácticas encaminadas a elevar sus estándares de transparencia, así como, también incorporar prácticas de gobiernos corporativos en sus directorios y organismos que las dirigen. Conocer la información básica de una organización tal como los miembros del directorio, misión, visión, presupuesto y el origen y destino de sus recursos; no sólo ayudan a mejorar su gestión interna, sino que también a fortalecer los vínculos y la confianza con sus distintos grupos de interés.

Para contestar lo anterior, es necesario recordar que las OSFL participan, por una parte, de las características y factores propios de los sistemas propensos criminalmente, related a lo que ocurre en empresas criminales. Es posible anticipar que las conductas desviadas pueden surgir a partir de factores tales como una estructura deficiente y una filosofía organizacional criminógena. Sin embargo, también puede observarse que las OSFL pueden sufrir una perversión de su filosofía o de su organización interna, que los transforma en agentes generadores de daño social. Las organizaciones sin fines de lucro (en adelante “OSFL”) muestran numerosas y evidentes particularidades en relación con sus contrapartes lucrativas. Más allá de su diverso sustrato normativo, gobierno corporativo o vocación altruista, los factores que en conjunto definen su individualidad generan la impresión en la sociedad de que son más confiables en comparación con las empresas.1 Sin embargo, este favorable juicio ex ante no necesariamente se condice con su actual impacto en la comunidad. OSFL de distinto género y especie se ven constantemente envueltas en eventos delictivos que tienen como consecuencia considerables sanciones, además de una notable conmoción social.2 En concordancia con lo anterior, la declaración de fines benéficos al momento de su constitución muchas veces no se condice con una actividad socialmente inocua.

En este componente se financiarán proyectos de ejecución de obras, incluyendo los proyectos de diseño o estudios previos para su ejecución, y, además, se financiarán proyectos de accesibilidad a los sitios, incluyendo obras de acceso, señaléticas, museografías, etc. Los recursos se otorgan para la sostenibilidad patrimonial de 15 sitios de memoria reconocidos como Monumento Nacional en diversos puntos del país, fortaleciendo así el trabajo de una diversidad de comunidades de memoria. En Chile existen más de 319 mil organizaciones de la sociedad civil (OSC) inscritas en los registros, de las que cerca del 80% corresponden a organizaciones comunitarias funcionales, juntas de vecinos o uniones comunales. Del otro 20%, las fundaciones y asociaciones ocupan un lugar importante, pasando de un 6,8% en 2015 a un 9,4% en la actualidad.

Concordamos con García en cuanto a que dicha obligación se refiere solamente a su ámbito de operaciones o giro propio, “de manera tal que las actividades de la persona jurídica -en el marco de su competencia organizativa- no constituyan un catalizador de conductas delictivas”. Desde una perspectiva individual, mismo fundamento se observa en la limitación de la responsabilidad de administradores por conductas delictivas de subordinados. En el caso chileno, el Ministerio de Justicia, a través de su actual Departamento de Personas Jurídicas, tiene a su cargo la fiscalización de las asociaciones y fundaciones con posterioridad a su creación, lo que en common está enfocado en prevenir que su funcionamiento redunde en la comisión de irregularidades (art. 557 in. 1° del CC). Así, en el ejercicio de esta función, la cartera puede solicitar la presentación de actas de asamblea cuentas y memorias aprobadas y libros de contabilidad, entre otros (art. 557 in. 2° del CC).132 Sin embargo, en estricto rigor, no cuenta con atribuciones regulatorias sobre el sector133 ni tiene los medios para realizar un control efectivo sobre el universo de OSFL existentes.

Como objetivo pretende instaurar prácticas sistemáticas de autorregulación, a través del aprendizaje mutuo, de la transferencia y adopción de estándares voluntarios y comunes de transparencia. Las organizaciones de interés público son aquellas personas jurídicas sin fines de lucro, cuya finalidad es la promoción del interés general en materia de derechos ciudadanos, asistencia social, educación, salud, medio ambiente o cualquiera otra de bien común, en especial las que recurren al voluntariado, y que estén inscritas en el Catastro. Esta comisión tuvo un plazo de 45 días corridos para presentar un informe al Ministerio Secretaría General de la Presidencia, en el que se incluyó su diagnóstico common, así como las propuestas que acuerden para aumentar los estándares de transparencia y rendición de cuentas en la relación entre el Estado y las instituciones privadas sin fines de lucro.

Ponemos a disposición el Instructivo del fondo social del FNDR 6% del año 2020, para subvención de actividades de carácter social, asociada a la pandemia COVID 19, para organizaciones privadas sin fines de lucro. El Presidente Gabriel Boric presentó la comisión de expertos para la probidad y transparencia en corporaciones y fundaciones, un grupo técnico de trabajo de carácter transversal, para abordar la relación entre las organizaciones privadas sin fines de lucro y el Estado. Con el objetivo de seguir profundizando la agenda de probidad del Gobierno, este lunes el Ejecutivo anunció la creación de la Comisión Ministerial para la regulación de la relación entre las instituciones privadas sin fines de lucro (IPSFL) y el Estado.