Conoce Las Medidas De La Comisión Para Regular Relación Entre Fundaciones, Corporaciones Y El Estado

La rendición de cuentas aumenta la confianza entre las organizaciones y sus grupos de interés (beneficiarios, donantes, miembros, autoridades, comunidad, entre otros). El Gobierno anunció la creación de la Comisión para la regulación de la relación entre el Estado, fundaciones y corporaciones en julio, con el objetivo de profundizar la agenda de probidad. Este órgano elaboró un informe con una propuesta de medidas que fueron entregadas al Presidente Boric este lunes. 102Estos principios han tenido su origen histórico en reglas extrajurídicas del administration que, con el tiempo, fueron cristalizadas en preceptos de derecho privado o regulatorio.

Con el fin de adelantar criterios para su delimitación, resulta prudente establecer el vínculo existente entre el concepto de “personas jurídicas sin fines de lucro” y el de “OSFL”, para luego delinear las características penalmente relevantes de las últimas. El estudio se desarrolló desde Marzo a Octubre del 2012, donde se consideró una etapa de Diagnóstico y levantamiento de la información tanto a nivel nacional como internacional, por medio de revisión de legislación y documentación; evaluación de transparencia activa; estudios de caso; grupos focales y entrevistas a expertos, directores ejecutivos, donantes y organismos del Estado. A partir de este estudio se identifican los obstáculos, desafíos y avances en materia de transparencia en OSFL y se propone un modelo de rendición de cuentas, contextualizado a la realidad nacional. En el contexto mundial, existen distintos ejemplos de la manera como las organizaciones sin fines de lucro adoptan voluntariamente políticas de transparencia y rendición de cuentas. Por ejemplo, “Ensuring Nonprofit Integrity Initiative”, una asociación de organizaciones sin fines de lucro de California, lanzó en 2006 una propuesta basada en principios de la Ley Sarbanes-Oxley que busca que las ONG voluntariamente adopten una política sobre conflictos de intereses, conservación de documentos, política de protección al denunciante y el establecimiento de un comité de auditoría, entre otras exigencias. A nivel latinoamericano resalta la iniciativa Rendir Cuentas que consiste en un conjunto de organizaciones de la sociedad civil de América Latina y el Caribe que han unido fuerzas para promover la transparencia y rendición de cuentas.

Dado que en el derecho alemán las personas en estado de ebriedad no son susceptibles de culpabilidad, su imputabilidad se retrotrae al momento de la acción dolosa de embriagarse. 10De ahí que su definición en el medio nacional dice relación con aquellas que “no pueden repartir las utilidades que obtengan de su actividad entre sus distintos socios o miembros”. Concordante con los factores anteriormente especificados, estimamos que esta explicit organizacion privada sin fines de lucro naturaleza del injusto redunda en diversas consecuencias para la imputación y la sanción de las OSFL, las que serán valoradas provisionalmente a continuación.

En este sentido, es necesario considerar las normas dictadas por entidades de normalización, tales como las ISO o, en el contexto chileno, las dictadas por el Instituto Nacional de Normalización. Existiendo un universo importante de reglas vigentes para los más diversos ámbitos de la vida económica y social, son los estándares vigentes en materia de gestión del riesgo los que adquieren especial relevancia en la conformación de sistemas de prevención. A título ejemplar, estamos hablando de la NCh-ISO sobre Gestión del riesgo – Directrices. Por otro lado, en relación con el mayor riesgo de cohecho al que están expuestas las OSFL, ello implicará que la norma ISO 37001, que establece sistemas de gestión antisoborno, constituirá un importante baremo para determinar si el sistema de prevención ha sido implementado efectivamente en la organización.

organizaciones sin fines de lucro privadas

Miles de millones de pesos salen del sistema universitario hacia los bolsillos de unos pocos dueños nacionales y extranjeros. Y lo hacen de las manos de los estudiantes y sus familias y del erario nacional, a través del Crédito con Aval del Estado, CAE, destinado en principio a beneficiar a los estudiantes para financiar carreras en instituciones acreditadas. No obstante, las irregularidades en el sistema de acreditaciones constituyen un hilo más de la escandalosa historia de las universidades privadas en Chile que devela a fondo este libro de la directora del Instituto de la Comunicación e Imagen, María Olivia Mönckeberg, Premio Nacional de Periodismo 2009. La primera, cube relación con las características fundamentales de las OSFL que detallábamos a inicios de este trabajo.113 Las mismas no solo poseen una naturaleza explicit organizacion sin animo de lucro ejemplos y distintiva en relación con empresas, sino que también exhiben características concretas que tienen repercusión en los riesgos delictivos que deben enfrentar. Por otra parte, la primera etapa de los sistemas de prevención de delitos, consistente en la identificación de los procesos, roles y esquemas internos de responsabilidades, así como de los factores o riesgos criminales que pueden afectarles,114 es basic para la estructuración de las demás etapas del compliance.

Como se ha podido observar, algunas características de las OSFL equivalen a vulnerabilidades en la esfera penal. Estas, a su vez, pueden ser explotadas criminalmente, generando un riesgo de comisión de actividades delictivas.136 La identificación y evaluación en probabilidad e impacto del riesgo inherente que exhiben este tipo de entidades, es elementary para la prevención del fenómeno delictivo organizacional. En este sentido, en la implementación de sistemas de compliance penal en OSFL es particularmente relevante definir criterios razonables en cuanto a esta categoría del riesgo, con el fin de que pueda, a su vez, ser contrarrestado con controles capaces de detectarlo y medidas concretas aptas para mitigarlo.

Respecto a gobierno corporativo en las instituciones privadas sin fines de lucro, se propone un mayor management a corporaciones municipales y regionales en el sistema de gestión y control oficial de cada municipio. En esta oportunidad, podrán participar organizaciones patrimoniales chilenas, privadas y sin fines de lucro, que desarrollen su acción social en ámbitos relacionados con la salvaguardia y preservación del patrimonio cultural. Además, se requiere que tengan personalidad jurídica de derecho privado sin fines de lucro, constituidas con anterioridad al 01 de enero de 2021.

Y, para complicar aún más las cosas, los problemas de la sociedad siguen siendo amplios y difusos y no se dejan encasillar en los sectores definidos por la diferenciación. De tal modo, si ha establecido al interior de sus estructuras una gobernanza corporativa orientada al respeto de los valores y principios del ordenamiento jurídico, es indicador del cumplimiento de los deberes internos de dirección y supervisión consagrados el art. 3° in. Es tal la relevancia de este tipo de entidades, que la propia Constitución Política de la República de Chile les reconoce en su artwork. 1° in. El lucro en las universidades chilenas está prohibido por ley y, sin embargo, buena parte de las instituciones privadas dedicadas a formar a los estudiantes funcionan como empresas orientadas a obtener el máximo de utilidades.

Concretamente, el análisis de riesgo es el tronco común desde el cual se deriva la estructura completa del sistema de prevención de delitos.a hundred and fifteen En conclusión, las características inherentes de las OSFL equivalen a riesgos de naturaleza diferente que, en suma, redundan en sistemas de compliance con una fisonomía distinta frente al de las empresas. Esta última consecuencia requiere un análisis crítico del sistema de penas en la ley vigente y una propuesta de lege ferenda que, pese a su interés, escapan a los objetivos del presente trabajo y serán tratados en uno distinto. Por lo tanto, en los siguientes acápites se desarrollará con mayor detalle la primera de estas consecuencias, enfocándonos en la valoración que debe hacerse a los criterios y requisitos de imputación penal de personas jurídicas, cuando son aplicados a aquellas sin fines de lucro. La segunda consecuencia penal emana del rol de las OSFL como integrantes de la sociedad civil y como delegatarias de una función pública estatal (que constituye el primer issue identificado de este sistema de injusto).

Sin embargo, el cumplimiento de este tipo de funciones y su rol estabilizador y comunicador en la sociedad solo puede desempeñarse correctamente, en tanto su desenvolvimiento sea fiel a sus principios y no genere daños sociales. Naturalmente y al igual que las empresas, este tipo de organizaciones están expuestas a la comisión de actividades delictivas por parte de sus miembros y, en caso de que pueda comprobarse su responsabilidad en ellas, deben ser sancionadas. Sin embargo, en el enjuiciamiento de dicha responsabilidad organizacional cobra relevancia el análisis de las categorías de imputación que la fundamentan, particularmente si poseen una dimensión distinta respecto a organizaciones con características particulares. Para abordar este problema respecto a las OSFL, en el siguiente capítulo describiremos los modelos de responsabilidad penal de las personas jurídicas, poniendo especial foco en el defecto de organización como categoría de imputación específica. De ahí que se ha relacionado el incumplimiento de los deberes de dirección y supervisión con la estructura organizacional, modo de funcionamiento y finalidades de las personas jurídicas no lucrativas, replanteando el “defecto organización” como requisito de imputación hacia el contexto de este tipo de organizaciones.

Otro indicador de esto es la inexistencia de planificación y proyección a largo plazo de las alianzas. La insuficiencia de understand how también se expresa en la diferencia de expectativas entre organizaciones sociales que quisieran proyectar la alianza en el tiempo, mientras las empresas desean desplegar instancias de colaboración puntuales y acotadas en el tiempo. Esta brevemente reseñada situación condujo a que, durante mucho tiempo, fuera prácticamente imposible la colaboración e incluso el entendimiento entre organizaciones públicas, privadas y del tercer sector. Toda acción de una organización pública encontraba la crítica cuando no el repudio de las organizaciones privadas y el afán de lucro de las organizaciones privadas, period señalado con el dedo por las organizaciones públicas. Tampoco period fácil la comprensión entre las organizaciones de los dos primeros sectores y las del tercer sector.

Se propone otorgar la legitimación activa al Contralor General de la República y, por delegación de éste a los Contralores Regionales, para que sea el TER Regional quien decide si las infracciones de los deberes de las autoridades electas implican infracciones graves. Se propone reducir el monto para el cual se requerirá, por el Gobernador Regional, la aprobación del consejo regional para proyectos de inversión e iniciativas. La propuesta se indica para proyectos de inversión o iniciativas, independientes del monto, y también se incluye a gobernadores respecto del Core.