Matrimonio Igualitario: Presidenta Del Senado Compromete Rápida Tramitación República De Chile

Esta solución, sin duda rápida, es un buen recurso en la medida que no impida un análisis más profundo de por qué todavía existen pocas mujeres en posiciones de liderazgo y por qué la brecha salarial sigue siendo una deuda pendiente en nuestro país. Finalmente, en materia de formación y capacitación, los resultados refieren la escasez de la oferta existente y la relevancia de incorporar la perspectiva de género en capacitaciones futuras. En la misma línea, sólo un 13% indica utilizar siempre las normas del marco internacional de los DDHH al impartir justicia. Los resultados en materia de acoso sexual son impactantes, en cuanto dan cuenta al interior del Poder Judicial de conductas manifiestas que atentan contra la dignidad humana principalmente de las mujeres.

Por ejemplo, si es cierto que “lógicas profesionales sexistas, clasistas o racistas han marginalizado temas de especialización en la academia, o bien,  si las presiones que se ejercen actualmente sobre profesores para cumplir con estándares de productividad estarían también amplificando y renovando las desigualdades que ya existen”. Esa es una respuesta frecuente frente a la crítica de la falta de mujeres en seminarios o en posiciones de liderazgo. Un intento de solución ha sido la creación de listados de mujeres profesionales, de manera de visibilizar talento y aportar en el desarrollo de nuevas redes de contacto.

Para arribar a esta conclusión es necesario tener presente que vulnerar la igualdad en la aplicación de la ley no es sinónimo de discriminar105. En efecto, en algunos casos la infracción a la igualdad en la aplicación de la ley puede derivar de una discriminación por parte del órgano jurisdiccional, es decir, de «una política deliberada de trato desigual»106. Desde la argumentación iusfundamental, por último, resulta posible concluir que la igualdad en la aplicación de la ley es un derecho conferido por una norma iusfundamental adscrita al artículo 19, número 2, de la Constitución, es decir, es un derecho elementary implícito. En efecto, el artículo 19, número 2, prohíbe que autoridad alguna pueda establecer diferencias arbitrarias.

desigualdad legal

La percepción sobre los impactos de la maternidad sigue siendo el sesgo más persistente para el desarrollo profesional. La crianza sigue siendo vista como una obligación femenina y son las abogadas quienes cargan con un mayor detrimento profesional por ello. Las mujeres, con 26 puntos porcentuales de diferencia de los hombres, declaran que la percepción de sus colegas sobre su competencia y sus compromisos cambió cuando tuvieron hijos. La Facultad de Derecho de la Universidad Adolfo Ibáñez (UAI) en conjunto con la International Bar Association (IBA), conmemoraron el Día Internacional de la Mujer con la presentación de dos estudios empíricos con evidencia sobre las brechas de género en la profesión legal en Chile.

En este sentido Mendonca y Guibourg afirman que «la expresión ‘igual trato’ guarda relación con una decisión (o resolución) uniforme, en el sentido de no hallarse sujeta a variación de un caso a otro cuando ambos casos son iguales» (Mendonça y Guibourg , 2004, p. 186). Conviene destacar que la adopción de una misma decisión para casos iguales es consecuencia de que en ambos casos se han utilizado las mismas disposiciones y que ellas han sido interpretadas de la misma manera. Adoptar una misma decisión, a su turno, significa que el contenido del fallo, es decir, de la parte resolutiva de la sentencia, es el mismo para los casos iguales.

Figueroa, por su parte, sostiene que el derecho elementary a la igualdad ante la ley del artículo 19, número 2, de la Constitución «permite entender acogida tanto la igualdad en la ley como la igualdad ante la ley», que la primera es también denominada igualdad en la aplicación de la ley, y que «la igualdad en este sentido constituye una limitación al proceder de la autoridad»109. Verdugo y Pfeffer señalan que el artículo 19, número 3, de la Constitución expresa el derecho a la igualdad ante la justicia, que, según se indicó más arriba, es una forma de llamar a la igualdad en la aplicación de la ley110. En fin, y de manera todavía más categórica y cercana a la perspectiva de este trabajo, Bronfman, Martínez y Núñez sostienen que la igualdad en la aplicación de la ley es una consecuencia necesaria de la igualdad ante la ley, por lo que los jueces no pueden resolver de manera diferente casos parecidos111. En definitiva, parece posible afirmar que, desde el punto de vista de la opinión de los autores nacionales, la igualdad en la aplicación de la ley es un derecho basic, aun cuando no exista consenso respecto de cuál es la norma iusfundamental directamente estatuida en la que se encuentra implícito este derecho. A partir del consenso jurisprudencial y doctrinario que progresivamente se ha generado en Chile y que acaba de reseñarse, es posible afirmar que las normas que otorgan derechos fundamentales se encuentran en la Constitución y, en virtud de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 5o de la Constitución, en los tratados internacionales ratificados por Chile y vigentes.

El senador Huenchumilla dijo que le llama la atención que “el Gobierno le haya puesto urgencia a una serie de proyectos similares. Se tramitan con urgencia normas en medio de una disaster que puede ser una de las más grandes de nuestra república. ¿Nosotros hemos hecho una introspección para entender lo que ha pasado y la necesaria autocrítica? “Chile enfrenta una crisis y debemos reconocer la magnitud, que ha superado las distintas instituciones y hay que tener la capacidad de dar respuesta”, señaló la senadora Órdenes. “Alguien que porta un pañuelo, que se tapa la nariz por efectos disuasivos no oculta su identidad, ¿quién va a definir eso?

La actividad en la que participaron estudiantes, académicos, abogados/as de estudios jurídicos y gerencias legales, el Colegio de Abogados y la Fundación ProBono entre otros, comenzó con las palabras de bienvenida de la decana de la Facultad de Derecho UAI, Isabel Aninat. “Esta iniciativa se enmarca en la discusión sobre este tema este desde la academia y es una oportunidad para seguir abordándolo”, señaló la decana Aninat. La abogada Millán considera que incluir la perspectiva de género y la paridad es coherente con el proceso constituyente que vive Chile, así como en Argentina fue parte del contexto político y las movilizaciones feministas que han marcado al país vecino en los últimos años. “En Argentina hay una ley que se le denomina la ley Micaela, que establece que todo el Poder Judicial debe estar formado en esta materia y que deberá juzgar, resolver y actuar con perspectiva de género en los delitos o en las materias que corresponda. “Cuando hablamos del principio de ‘igualdad sustantiva’, lo hacemos para diferenciarlo de la igualdad meramente formal a la que nos tenía acostumbrada la Constitución del eighty.

Su sueldo base es el mínimo, aunque a punta de comisiones generalmente logra llegar cerca de los seven-hundred mil pesos cada mes. Según Mayarí Castillo, esta influencia política de los grandes propietarios agrícolas funcionaría a través de conversaciones informales y permanentes con quienes toman las decisiones, tal como han podido indagar en la fase etnográfica del estudio. El doctor en Economía, Rodrigo Pérez, académico de la Pontificia Universidad Católica de Chile y co-autor del estudio, explica que estando las condiciones climáticas necesarias para que se emita un decreto de escasez hídrica, relativas al nivel de precipitaciones y de los caudales, es más probable desigualdad ocde que se establezcan estos decretos en zonas donde hay mayor porcentaje de productores agrícolas más grandes. Así, el equipo quiso averiguar si existía evidencia para sustentar la thought de la existencia de presiones informales y/o lobby por parte de los grandes productores agrícolas para lograr que se emitan decretos de escasez hídrica, ya que esta herramienta legal permite la posibilidad de extraer aguas subterráneas y suspensión de caudales ecológicos en tiempos de sequía. Este acceso a aguas subterráneas es una práctica que, por la importante inversión que requiere, sería solo asequible para productores relativamente grandes.

Al respecto admite que la doctrina dominante «considera que el catálogo del artículo 19 no es taxativo, y que por tanto es posible afirmar la posibilidad de que existan derechos fundamentales (en el sentido de esenciales, inherentes a la persona) no consagrados en la Carta»96. Desde la perspectiva del Derecho, tratar de la misma manera significa, siguiendo a Vivanco, otorgar el mismo tratamiento jurídico a dos o más casos54. Esto significa, ahora en palabras de Brieskorn, que frente a «iguales condiciones, reconocidas como relevantes, han de establecerse iguales consecuencias jurídicas»55.

Ninguno de ellos, tampoco, ha sido puesto en tabla para su discusión legislativa. En la conversación, Alex Pessó profundizó en diversos temas como el rol de las empresas tecnológicas, la protección de datos personales, la ciberseguridad, la inclusión y desigualdad digital, el uso de los datos, el cambio a un Estado moderno, entre otros. La armonización legal, que se refiere al proceso de unificar o hacer compatibles diferentes sistemas legales para facilitar las relaciones internacionales, es un desafío significativo en el mundo de hoy.

A la misma conclusión se puede arribar si se consideran, por ejemplo, diversas sentencias del Tribunal Constitucional chileno, de la Corte Suprema de Chile y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Tratar de diversa manera en el ámbito de la igualdad en la aplicación de la ley consiste en que el juzgador debe utilizar diferentes disposiciones para casos desiguales. Como se puede advertir, no es relevante si como consecuencia de la aplicación de diversas disposiciones se adopta una misma decisión o decisiones diversas. Esto se debe a que el contenido del fallo, es decir, lo que Kelsen llama la norma individual desigualdad sanitaria incluida en la sentencia, podrá ser la misma o diversa para los casos en comparación, dependiendo de lo que al efecto establezca el ordenamiento jurídico.

Otra, es que transparenta el debate, eliminando la falaz distinción entre el grupo de «los abiertos» (que se presentarían como neutrales y objetivos) y «los cerrados» (que reconocerían su adhesión a ciertas convicciones antropológicas). Una fórmula típica de la igualdad (que dice poco, pero algo dice) es «tratar igual a los iguales y desigual a los desiguales». En esta formulación subyace la distinción entre discriminación justa y discriminación arbitraria. No toda discriminación es injusta o arbitraria, sino solo aquella que no se funda en la razón (positiva o natural). Esta aclaración es útil tenerla siempre presente, porque es común que por inadvertencia se identifique cualquier discriminación con una arbitrariedad que debe ser impedida o corregida. «Hay un reduccionismo conceptual horrible en eso. Es impresionante y la falta de profundidad del tema, es decir, tener una sociedad más igualitaria contribuye a la paz social, contribuye al crecimiento económico, contribuye al desarrollo económico».

Aquí no se trata de atacar al otro, sino de enfrentar los temas, tenemos que asumirlo. A juicio del senador Coloma, “se nos cube que se criminalizan las protestas sociales. También el congresista hizo un llamado a dejar de responsabilizar al Gobierno por todo.