En otras palabras, la expresión derechos fundamentales alude tanto a los derechos conferidos por normas de la Constitución como a los derechos otorgados por normas de los tratados internacionales77. Con la finalidad de alivianar el discurso, en adelante las normas válidas y de jerarquía constitucional que se encuentran en cualquiera de esas fuentes serán denominadas normas iusfundamentales. Esta denuncia no sólo se ha manifestado en Chile, desde hace un par de años un grupo de chilenas que vivimos en países donde existe derecho al aborto nos hemos movilizado para poner en evidencia la enorme desigualdad y violencia que sufren nuestras compatriotas. Por ello creamos en las redes sociales una plataforma denominada “por el derecho a decidir también en Chile” ya que nosotras mientras vivimos en el extranjero, podemos ejercer derechos sexuales y reproductivos que son negados en Chile.
Con todo, el 56,2% había resuelto estos problemas al momento de aplicarse la encuesta,. Antes de unirse en matrimonio el 63,5% de las parejas que ahora están casadas convivía, el 18,8% tenía unión civil y el 17,7% pololeaba. Celis Danzinger, Gabriel Enrique, Curso de derecho constitucional, tomo I, Thomson Reuters Puntolex, Santiago de Chile, 2011. a hundred and fifteen Este uso impreciso de la expresión autoridad se puede apreciar, por ejemplo, en el artículo 19, número 3o, inciso segundo, de la Constitución, que preceptúa que toda persona tiene derecho a defensa jurídica y «ninguna autoridad o individuo podrá impedir, restringir o perturbar la debida intervención del letrado si hubiere sido requerida». fifty seven Kelsen, H., Teoría common del Derecho y del Estado (Traducc. Eduardo García Maynez), Universidad Nacional Autónoma de México, México, 1995. Lo esencial de esta thought también se encuentra, aunque de modo menos desarrollado, en Kelsen , H., Teoría common de las normas (Traducc. Hugo Carlos Delory Jacobs), Trillas, México, 1994, p. 25.
Esto es, pues, conceptualmente lo que se debe entender por lo igual y por lo desigual. Aquella imprecisión exige, de un lado, elucidar qué es lo igual y qué es lo desigual, es decir, cuándo dos elementos en comparación son iguales o desiguales, desde el punto de vista de un juzgador. De otro lado, se debe esclarecer qué significa que el juzgador deba tratar de la misma manera o de diversa manera, según se trate de lo igual o de lo desigual, respectivamente39. Sólo si se echa luz sobre estas cuestiones será posible precisar en qué consiste la exigencia de igualdad en la aplicación de la ley40. La doctrina comparada ha formulado una importante distinción entre igualdad en el contenido de la ley e igualdad en la aplicación de la ley26.
Aludiendo a la Constitución el senador Durana indicó que está asegurado el reunirse pacíficamente “sin embargo existen grupos minoritarios que realizan disturbios, delitos y desmanes contra el orden público, incumpliendo el carácter pacífico y poniendo en riesgo la integridad de las personas y la propiedad privada. (…) Nuestro país está capturado por delincuentes y saqueadores, por el lumpen que tienen aterrorizados a personas que quieren vivir en tranquilidad”. Comenzando su argumentación el senador Garcia Ruminot lamentó que se diga que el gobierno ha enfrentada solo con una agenda de represión y no con una social, por lo que recordó los avances en pensiones y gratuidad en transporte logrados en el presupuesto 2020. “Decimos categóricamente que rechazamos la violencia, que el presidente use las herramientas para frenar la violencia desmedida que tiene paralizada la economía, pero lo decimos en el discurso, porque cuando se buscan medidas concretas, ahí nos restamos”, sentenció. Luego el senador Latorre calificó como equivocado el proyecto, asegurando que “se apaga el fuego con bencina”. Manifestó que este tipo de medidas no rinde frutos porque “lo que se debe hacer es focalizar el uso de la fuerza contra aquellos que sí hacen desorden.
Sin embargo, ambas pueden tener un impacto negativo en la economía del país, limitando la capacidad del gobierno para financiar servicios públicos y contribuyendo a la desigualdad económica. “Debemos entender la desigualdad como un riesgo sistémico, que afecta la estabilidad social, el progreso económico y la licencia de las empresas para operar. La acción de las empresas desigualdad pdf debe buscar mitigar estos riesgos y a la vez, construir un mundo de oportunidades en el que las empresas puedan prosperar en el largo plazo”. King ayudó a organizar el boicot de autobuses de Montgomery, una campaña de un año de duración que se desencadenó cuando la costurera Rosa Parks fue arrestada después de negarse a ceder su asiento en un autobús a un pasajero blanco.
Tanto por no estar considerado, como también en caso de tener una situación entre dos personas que pertenecen a dos grupos distintos. Royo hace hincapié en el enfoque de género, pues para la convencional “es muy relevante, ya que establece el reconocimiento de que vivimos una situación social de violencia de género, donde históricamente las mujeres hemos sido excluidas, al igual que la disidencia sexual genérica, en la toma de decisiones. Y la utilización del enfoque de género en la sentencia, precisamente, apunta al reconocimiento de la igualdad por sobre todo, es decir, no utilizar lenguaje que pueda ser discriminatorio y considerar que también vivimos en contextos que son especiales”. Consejo encargado de prestar asesoría a la Ministra de la Mujer y la Equidad de Género en materias de igualdad de derechos y de equidad de género. El Consejo está integrado por diez personas de reconocida experiencia en el ámbito de las materias antes mencionadas, y serán designadas por la Ministra de la Mujer y la Equidad de Género.
En efecto, del whole de parejas encuestadas, en la actualidad el 49,3% convive sin vínculo legal; el 21,2% pololea; el 15,8% está unida en matrimonio y el 13,7% tiene unión civil. En términos generales, el nuevo sondeo arrojó que las parejas tienen una buena opinión y valoración de la ley y la prefieren sobre otro tipo de enlaces, además de reportar que la norma mejoró su calidad de vida, la de su pareja y la de sus hijos/as, aún cuando menos del 40% considera que el Gobierno ha implementado de manera «eficiente» el matrimonio igualitario. El eighty three,9% prefiere al matrimonio como plan de vida a largo plazo, antes que la unión civil, el pololeo o la convivencia. Para el sixty nine,8% la aprobación del matrimonio igualitario en Chile fue “un hecho histórico”. Un total 1.132 parejas y familias homoparentales participaron de la encuesta aplicada por el Movilh. seventy eight Peces-Barba Martínez, Gregorio, Derecho y derechos fundamentales, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, 1993, pp. 323 y 324.
32 Según Cea Egaña, la igualdad en la aplicación de la ley «se refiere a la igualdad más que nada procesal» (Cea, Derecho constitucional, cit., nota n. 28, p. 141). B3) Se manda que los tribunales traten de la misma manera a lo igual (si carecen de justificación para un trato diferenciado) y que traten de diversa manera a lo desigual. La Facultad de Derecho UAI junto a la International Bar Association presentarán los resultados de dos estudios empíricos que abordan este tema en nuestro país.
El proyecto busca que las parejas del mismo sexo puedan acceder al matrimonio civil. También, la dirigente aclaró que “estamos cerrando años de esfuerzo por el matrimonio igualitario, y si logramos que sea aprobado en la comisión de Constitución del Senado que está citada para mañana. La formación en Ciencias Jurídicas es crucial en el mercado globalizado, dado que posibilita a los profesionales comprender y explorar el ámbito legal internacional. Esto genera desafíos para supervisar y controlar el movimiento de dinero y bienes a través de las fronteras internacionales.
Los detractores de la iniciativa dijeron que los tribunales dejarán de ser neutrales, para adoptar una posición subjetiva favorable a las mujeres. Expertas en la materia responden y recuerdan que el Poder Judicial, a través de la Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación, dependiente de la Corte Suprema, lleva al menos cinco años impulsando que sus funcionarios adopten este enfoque. Lo interesante de este caso es que la interpretación desigualdad por clase social del artículo 361 N° 1 del Código Penal estuvo determinada por el principio de igualdad entre el hombre y la mujer. Aunque no conocemos ningún caso en que se haya desechado una acusación de violación con el argumento de que en el matrimonio esta conducta no es posible, se puede advertir en la sentencia que comentamos la intención abierta de superar una determinada concepción de la situación de la mujer casada respecto de su marido56.
Estos dos estudios recientes demuestran que aún existe mucho camino por recorrer para no sólo ver más mujeres en posiciones de liderazgo, sino también para abordar lo que sucede en las experiencias cotidianas de la vida profesional, que termina impactando en temas tan concretos como remuneraciones y ascensos. Por supuesto, lo que sucede en la profesión legal se repite en muchas otras carreras y ámbitos. La evidencia da cuenta de que sin datos y sin consciencia de la persistencia de los sesgos, estas prácticas cotidianas se perpetúan en el tiempo conllevando la pérdida de talento. Los resultados del estudio muestran que los niveles de sesgo de género en Chile son similares a los observados en Estados Unidos hace ocho años, antes de que los esfuerzos de diversidad, equidad e inclusión fueran una práctica generalizada. “Es importante conocer la evidencia sobre sesgos actuales para implementar medidas.
Por eso, la composición del máximo tribunal es elementary y debería ser más representativa de la sociedad chilena, no solo de la elite. El procedimiento actual, definido en la Constitución del 80, faculta al presidente de la República para elegir a cada miembro a partir de una lista de cinco candidatos, decidida por la misma Corte, decisión que debe ser aprobada por el Senado. Así, la designación queda en manos de un reducido grupo, fuera del escrutinio público, sin conocimiento de los criterios de elección y sin participación de otros actores relevantes, en el marco del binominalismo instalado en la política nacional al término de la dictadura, donde gobierno y parte de la actual oposición van alternando sus candidatos.
Pues bien, no parece difícil coincidir en que el principio de igualdad constituye uno de los pilares fundamentales de la organización política y jurídica de los Estados contemporáneos. En efecto, se trata de un principio recogido por diversos instrumentos internacionales y por la generalidad de las Constituciones de nuestro entorno. En este sentido, ciertamente nadie dudaría que se trata de una exigencia jurídicamente vinculante para el legislador y para la Administración.
La garantía constitucional de la igualdad o no discriminación está consagrada en el artículo 19 N°s 2 y three. En el primer número se asegura a todas las personas la igualdad ante la ley y en el segundo número la igualdad en la protección de los derechos. Podría decirse que en el primer caso la garantía está dirigida al Legislador y en el segundo caso al Juez. Estos dos numerales no son las únicas disposiciones constitucionales que reconocen expresamente la igualdad, pero sí constituyen su expresión más amplia o basic. La segunda parte de este trabajo se centra en la jurisprudencia de los Tribunales, y tiene el propósito de indagar cómo estos han acogido la igualdad entre hombre y mujer. Una sección ofrece un panorama de las líneas jurisprudenciales dominantes en materias típicamente conflictivas desde la perspectiva de la igualdad de los sexos.