Estos estándares fueron utilizados como base para el proyecto Transparentemos de Fundación Avina, con financiamiento BID/FOMIN, mediante el cual han sido revisados por sesenta organizaciones del país. El año 2008 Chile Transparente elaboró estándares de transparencia para organizaciones no gubernamentales (ONG). Estos estándares surgen del estudio y análisis de las mejores prácticas y la legislación internacional respecto a rendición de cuentas en dicho sector. Las Corporaciones, Fundaciones y entidades sin fines de lucro son aquellas que prestan ayudas y servicios a la comunidad, fortalecen la cultura y el arte en todas sus dimensiones, tienen personalidad jurídica, que es otorgada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, mediante un Decreto que les da el carácter de tal, éste se publica en el Diario Oficial. – El fortalecimiento de la democracia, cuyo objeto sea la promoción de los derechos y responsabilidades de los ciudadanos, así como también el desarrollo de políticas públicas. Cabe hacer presente que antiguamente la Ley de Rentas Municipales se refería a los establecimientos educacionales, centros de salud o fundaciones que vayan en beneficio exclusivo de sectores de mayor necesidad; mientras que hoy en día se requiere ser una fundación cuyo objeto sea algunos de los fines que establece la nueva ley y que se describen en el punto siguiente.
– La promoción y protección de los derechos humanos establecidos en la Constitución y los Tratados Internacionales ratificados por Chile que se encuentren vigentes. Este fin incluye al patrimonio cultural en sentido amplio, incorporando la dimensión arquitectónica, urbanística, plástica, lingüística, escénica, and so on. En la región, el COSOC 2022 quedó integrado por el Club Deportivo Femenino Las Villareal de Pichilemu; donde Denis Lizana resultó electo presidente. Como vicepresidenta, se confirmó a Ana Celia Muñoz, del Club de Artesanos de Rengo, y Claudia Alarcón, directora Equidad de Género y Diversidades de la Universidad de O’Higgins, asuió como secretaria ejecutiva del organismo civil. Dentro de nuestros servicios como Estudio Jurídico se encuentra la asesoría en la constitución de una Fundación o Corporación, si requieres dicho tramite te puedes poner en contacto con uno de nuestros abogados especialistas.
Una ventaja authorized que nunca está demás tener en cuenta, es que en la Corporación, se pueden modificar los estatutos de una forma mucho más fácil que en otras organizaciones como la Fundación. Estas organizaciones son verdaderos héroes en la defensa de derechos y causas específicas, desde la lucha contra la pobreza, la promoción de la educación y equidad de género, hasta el impulso del emprendimiento, la protección del medio ambiente y la defensa de los derechos humanos. Se mueven por laconstrucción de una sociedadmás democrática, solidaria,participativa, igualitaria einclusiva, articulando esfuerzoscon el Estado, el sector privadoy la ciudadanía. Por regla basic, estarán obligadas a declarar sobre la base de sus rentas efectivas según contabilidad completa y steadiness basic, pero tal obligación es solo para efectos de determinar las rentas afectas a IDPC en virtud de las normas contenidas artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Personas en cargos de alta jerarquía en una Organización Sin Fines de Lucro y que participan activamente de la toma de decisiones relacionadas, especialmente, con el financiamiento de la institución. Las fundaciones o corporaciones deben garantizar cierta protección y responsabilidad sobre los trabajadores como cualquier otra organización.
– Las actividades relacionadas con el culto, entendiéndose por tales a aquellas que desarrollan las iglesias y entidades religiosas para el cumplimiento de sus fines, en conformidad a lo dispuesto por la Ley N°19.638. – Protección del medio ambiente en sentido amplio, cuyas acciones sean la preservación y restauración de la naturaleza, conservación del patrimonio ambiental, el enfrentamiento de las causas y consecuencias del cambio climático, la reducción de la contaminación y promoción de la economía circular, entre otras aristas de la protección al medio ambiente. – Promoción de las ciencias, cuyo objeto sea incentivar el conocimiento, la investigación científica, innovación, and so on.
En este Día Internacional de la Mujer, reafirmamos nuestro compromiso con la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres. En virtud de lo dispuesto por el artículo 17 del Código Tributario toda persona que deba acreditar la renta efectiva, lo hará mediante contabilidad fidedigna, salvo norma en contrario. Este curso tiene como propósito entregar conceptos y herramientas sobre planificación estratégica, modelos de negocio, financiamiento y sostenibilidad para las Organizaciones Sin Fines de Lucro (OSFL), de manera que puedan potenciar su misión y alcanzar sus objetivos estratégicos. Al mismo tiempo, si la OSFL tiene un patrimonio igual o mayor a $4.000 mm o ingresos anuales sobre los $2.000 mm, también se debe someter la contabilidad al examen de auditores externos.
Sofía Elric, directora de Relaciones Públicas y Alianzas Estratégicas de la Fundación Fibromialgia en Acción ubicada en la Región Metropolitana, añade que “todas las experiencias que hemos tenido con Trascender y el voluntariado profesional han sido claves en nuestro crecimiento como organización. Nos han permitido crecer en todos los ámbitos y comprender la importancia de una buena gestión y planificación para cumplir nuestros objetivos”. El tema de la especialización aparece sólo en algunos discursos(SERVIU, DEPRODE, FOSIS) como un requisito elementary para el Estado y a la vez como problema que acarrea la centralización del país, esdecir existe escasa oferta especializada en regiones.
El régimen 14 G «Tributación de las fundaciones sin fines de lucro» tiene como objetivo establecer las normas y obligaciones que los contribuyentes deben cumplir cuando administran una fundación, institución o comparable que no tenga como propósito crear utilidades monetarias, sino cumplir una función en explicit más allá de lo económico. Pueden ser miembro de la Comunidad Organizaciones Solidarias organizaciones sociales sin fines de lucro, que tengan al menos dos años de personalidad jurídica, cuya misión sea el servicio a personas en situación de pobreza y/o exclusión. El pasado martes 12 de abril de 2022, el Presidente de la República promulgó y publicó en el Diario Oficial la Ley N°21.440 (“Nueva Ley”), que crea un régimen de donaciones con beneficios tributarios en apoyo a las entidades sin fines de lucro. En primer lugar la relación de cada servicio estudiado con las OSFLque implementan las prestaciones de servicios estuvieron mediadas por unrecurso jurídico, el que norma, limita y determina el tipo de organización yde relación que cada servicio público establece con las OSFL.
Facilita, además, la puesta en práctica de distintas modalidades de participación ciudadana por parte del SERMIG. Se propone otorgar la legitimación activa al Contralor General de la República y, por delegación de éste a los Contralores Regionales, para que sea el TER Regional quien decide si las infracciones de los deberes de las autoridades electas implican infracciones graves. Se propone reducir el monto para el cual se requerirá, por el Gobernador Regional, la aprobación del consejo regional para proyectos de inversión e iniciativas. De esta manera, se busca integrar a todas las corporaciones municipales en el sistema de gestión y management oficial de cada municipio y buscar una solución homóloga para las corporaciones regionales. Finalmente, el informe de la Comisión elaboró forty six propuestas, como resultado de un proceso de estudio y participación de los diferentes actores que participaron. La comisión de probidad comenzó a funcionar de forma preliminar el 7 de julio y desde que la publicación del Decreto que la creó, su labor se extendió por 45 días consecutivos, hasta el 26 de agosto.
Como bien sabemos, las donaciones no necesariamente deben consistir en dinero ya que también pueden ser bienes corporales e incorporales. En ese sentido, el nuevo régimen de donaciones detalla cómo deben valorizarse los bienes donados de acuerdo al tipo de sujeto que efectúa la donación. Permite dar visibilidad al trabajo que realizan las organizaciones compuestas por personas migrantes; las organizaciones que trabajan en relación con las comunidades migrantes desigualdad sociales y las universidades, centros de estudios y/o institutos que producen conocimientos en torno a las migraciones. Se incluye en este registro las donaciones sujetas a franquicias tributarias que señala el Art. 2º de la ley Nº 19862. Esta medida consiste en establecer la obligación de informar y rendir cuentas al Concejo municipal de todas las transferencias, proyectos de inversión o iniciativas, independiente del monto y aunque no requieran su aprobación.
Posiciona tu organización en mesas temáticas con el fin de realizar propuestas y observaciones a las políticas públicas en las diversas causas que abordan nuestras organizaciones socias. [5] Artículo sixty five de la LIR, que a su vez hace referencia a los artículos 58 N° 1 (establecimiento permanente) y 2 (dividendos de empresas chilenas), sixty four bis (impuesto específico a la actividad minera), 60 (retiros de utilidades y rentas en general percibidas o devengadas de empresas chilenas) de la LIR. – Desarrollo y protección infantil, familiar, de pueblos indígenas, personas migrantes, y la promoción en general de la diversidad y cualquier actividad que tenga por objeto evitar la discriminación de cualquier tipo.
Para lanzar la publicación, se realizó el Seminario Transparencia y Buenas Prácticas en OSFL, con la colaboración del Ministerio Secretaria General de la Presidencia y el Programa Transparentemos. En esta instancia se presentó el estudio junto con buenas prácticas en la materia y se lanzó la campaña ONG Transparente. La rendición de cuentas aumenta la confianza entre las organizaciones y sus grupos de interés (beneficiarios, donantes, miembros, autoridades, comunidad, entre otros). Acceso en primer mano a los programas de transparencia y fortalecimiento, asegurando todo el apoyo disponible para cumplir con el ciclo anual de rendición de la FECU Social, por ejemplo. [7] Solamente hemos señalado algunos de los fines más importantes, dado que el N°1 del artículo forty six A de la Ley establece 20 fines, siendo uno de ellos una norma que permite al Ministerio de Hacienda ampliar dicho catálogo mediante Decreto Supremo. [1] Solamente hemos señalado algunos de los fines más importantes, dado que el N°1 del artículo forty six A de la Ley establece 20 fines, siendo uno de ellos una norma que permite al Ministerio de Hacienda ampliar dicho catálogo mediante Decreto Supremo.
Los mecanismos de evaluación parecen no siempre favorecer la resolución de esta tensión ya que la oferta de servicios no sólo depende de la oferta native que, como se ha dicho, esheterogénea. Sumado a las dimensiones ya expuestas, vale la pena agregar unpunto relativo a las personas y la intervención. La colaboración depende dela manera en que las presiones son resueltas en el trabajo, así es necesarioque los directivos manejen adecuadas relaciones inter-organizacionales einterpersonales, que sean favorables al intercambio. Sin embargo, los servicios se enfrentan a agendas sobrecargadas y cuentan con poco espaciopara trabajo conjunto, una vez que se han establecido las políticas, procesos y estructuras de la colaboración inter-agencial, no es automático queprofesionales que históricamente han estado separados trabajen coordinadamente. Compartir estrategias de trabajo requiere superar perspectivasestrechas del profesionalismo y del particularismo de cada organización.Para esto, identificar un individuo con habilidades para actuar como enlaceentre las personas de los distintos sectores ayuda al proceso de asociación(Mattessich & Monsey 1992; Mullett et al. 2002). El mayor desafío esinvolucrar a los trabajadores de primera línea, quienes tienden a evaluar el trabajo inter-agencial simplemente como más trabajo; como seha sostenido anteriormente aquí el trabajo de los líderes de los equiposes basic servicio a la comunidad.
La acreditación del cumplimiento de estos requisitos será regulada por un reglamento expedido por el Ministerio de Hacienda, para efectos de la incorporación de las entidades donatarias al registro público que se creará al efecto, reglamento que aún no se ha dictado. Por otra parte, es importante señalar que se establece expresamente que las empresas del Estado o aquellas en que éste tenga participación o interés, así como también las municipalidades, no tendrán derecho al beneficio tributario establecido en la nueva ley. Cabe hacer presente que la principal diferencia en relación con la antigua normativa es que se amplía los sujetos que pueden ser donantes, básicamente a empresas de todo tipo (incluso si son Pymes o llevan contabilidad simplificada), personas naturales y a contribuyentes de IA, sean personas naturales o empresas; mientras que antiguamente solamente podían ser donantes las empresas sujetas a IDPC con contabilidad completa. La normativa aprobada con amplia mayoría en el Congreso Nacional modifica el precise régimen de donaciones contemplado en el Decreto Ley N°3.063, sobre Rentas Municipales, unificando la dispersión de normas existentes en materia de donaciones y ampliando los fines que pueden tener las donaciones a entidades sin findes de lucro.