Dicho articulo establece que ante “el cambio de afiliación sindical o desafiliación, el trabajador se mantendrá afecto al instrumento colectivo negociado por el sindicato al que pertenecía y que estuviere vigente, debiendo pagar el total de la cuota mensual ordinaria de ese sindicato durante toda la vigencia de dicho instrumento colectivo. Al término de la vigencia de/instrumento colectivo del sindicato al que estaba afiliado, el trabajador pasará a estar afecto al instrumento colectivo del sindicato al que se hubiere afiliado, de existir este”. Las convicciones de este movimiento sindical se basan en la fuerza de empuje suficiente para hacer reales las aspiraciones de transformación social a través del desarrollo constante del sindicalismo, tanto en la formación técnica como en el perfeccionamiento moral, acentuando y defendiendo la dignidad de la persona humana y el respeto a su libertad. El derecho a la sindicación de los trabajadores y trabajadoras está compuesto de una serie de principios y garantías tendientes a protegerlo de la intervención y de actos de injerencia tanto del Estado como del poder empresarial.
Adicionalmente, ha participado en procesos de calificación de servicios mínimos, y en todas aquellas instancias laborales propias de la relación entre la Empresa y sus Sindicatos, las cuales por su complejidad requieren de nuestra colaboración. Las Escuelas de Formación Sindical Liderazgo Sindical tiene por objeto “Contribuir a la formación y desarrollo del liderazgo sindical de trabajadores y trabajadoras, con el fin de fortalecer el sindicalismo en Chile y fomentar una nueva lógica de relaciones entre los actores del mundo laboral centrada en el diálogo social”. El Fondo de Formación Sindical y Relaciones Colaborativas, creado por la Ley 20.940, tiene por objetivo financiar proyectos, programas y acciones en las áreas de formación sindical promoción del diálogo social y desarrollo de relaciones colaborativas entre empleadores y trabajadores. Distintos desafíos han formado parte de nuestra extensa historia, principalmente cuando en sus inicios se crearon y negociaron los primeros pliegos de peticiones y el lamentable quiebre institucional en el año 1973, producto de la dictadura. Posteriormente, en los años 90 se creó un nuevo escenario para las relaciones laborales, a partir de la primera negociación colectiva en 1991, siendo la primera de este tipo en todo el sistema de universidades en Chile.
Los trabajadores gozarán de una adecuada protección en contra de los actos de discriminación antisindical en relación con su empleo. Es un trabajador que actúa en calidad de representante de aquellos dependientes de una empresa que se encuentran afiliados a un sindicato interempresas o de trabajadores eventuales o transitorios. Los fondos del sindicato sólo pueden ser invertidos en los fines contemplados en los estatutos de la organización pies descalzos. La cotización a una organización sindical es obligatoria para sus afiliados cuando las cuotas han sido aprobadas por la asamblea. C.- El dirigente de un sindicato interempresa puede excusarse hasta por un mes para participar en la negociación colectiva del sindicato. D.- Los directores de los sindicatos de trabajadores eventuales o transitorios y los integrantes aforados de los comités paritarios de higiene y seguridad, con contrato a plazo fijo o por obra o servicio gozan de fuero sólo durante la vigencia del respectivo contrato.
E) No podrán sindicalizarse, negociar colectivamente ni ejercer el derecho a la huelga quienes integren las Fuerzas de Orden y Seguridad y las Fuerzas Armadas. D) Los funcionarios públicos serán titulares de los derechos que comprende la libertad sindical, en conformidad a una ley de quorum calificado. La ley confiere al asociado el derecho de requerir la disolución del sindicato por cualquiera de las causales previstas en los artículos 296 y 297 del Código del Trabajo, esto es, por acuerdo mayoritario de los socios, por incumplimiento grave de las obligaciones legalmente impuestas o haber dejado de cumplir con los requisitos necesarios para la constitución. Las asambleas pueden efectuarse en cualquier sede sindical entendiéndose por tal, para estos efectos, todo recinto dentro de la empresa en que habitualmente se reúnan los afiliados a la organización.
Sí, tanto respecto de los accidentes de trabajo como de prevención u curación de enfermedades profesionales. Además, en esta tarea los sindicatos pueden formular planteamientos y peticiones antes estos servicios y exigir su pronunciamiento. Sí, el juez está obligado además de imponer la multa correspondiente, a disponer que se subsanen o enmienden los actos que constituyen esas prácticas y a que se reincorpore en forma inmediata a los trabajadores sujetos a fuero laboral, si éstos habían sido despedidos. El vínculo instrumental que se establece entre el dirigente sindical y su base no está exento de conflictos.
Asimismo, tiene derecho a representar a los afiliados en los procesos de negociación colectiva, suscribir los instrumentos colectivos de trabajo, velar por su cumplimiento y hacer valer los derechos que de ellos deriven. Propender al mejoramiento de sistemas de prevención de riesgos de accidentes del trabajo, promover la educación de sus afiliados. Para los portadores de esta ideología, la disminución de la fundaciones sin fines de lucroización en el transcurso de los años 1990 no constituye un problema de representatividad.
Actualmente, se desempeña como Abogada del Área de Litigios Laborales del estudio jurídico Lizama Abogados. Ha asesorado a empresas líderes en áreas tales como servicios a la minería, transporte, combustibles, retail, sociedad anónimas deportivas, previsional, educación, energía, insumos médicos, entre otros. El diplomado abordará ámbitos teóricos y prácticos que abarquen la labor sindical desde un perfil amplio y completo; así, incorpora herramientas de análisis tanto en la perspectiva de la formación como de la praxis sindical, integrando ambos enfoques para el fortalecimiento y la promoción de la asociación sindical y el ejercicio dirigencial en esta. Con una concurrida asistencia de dirigentes y dirigentes, y una clase magistral sobre el rol de la sociedad civil en las políticas y problemas públicos, se dio inicio a la Primera Escuela de Formación Sindical de la Universidad de O’Higgins (UOH), en el Campus Rancagua de la principal casa de estudios superiores en la región. Dejamos invitados a revisar y participar del proceso licitatorio para fortalecer el sindicalismo y liderazgo sindical en Chile.
Efectivamente, con la condición que sean aprobadas en la asamblea por la mayoría absoluta de los socios. G.- El producto que generen las actividades comerciales, de servicios, asesorías otras de carácter lucrativas que la organización desarrolle de conformidad a sus finalidades estatutarias. A.- Las cuotas o aportes ordinarios o extraordinarios que la asamblea imponga a sus asociados, con arreglo a los estatutos.
Se desprende de lo anterior que los dirigentes sindicales portadores de esta ideología le otorgan más importancia que los anterioresa la extensión de las bases sindicales. Las tasas de sindicalización no son para ellos un dato inocuo porque si ponen en cuestión el grado de representatividad de su acción. Para estos dirigentes, el sindicato no actúa solamente en nombre de quienes le atribuyen individualmente esta autoridad sino también en el nombre del colectivo de referencia de estos individuos (los trabajadores de la empresa, de la rama, de la región, del país, etc). El problema se genera cuando hay que definir cómo interpretar los intereses de ese colectivo pues para estos dirigentes, a diferencia de los primeros, no existen intereses colectivos “objetivos”.
Gabriel Salazar inició su exposición haciendo énfasis en el proceso constituyente y en la participación de la ciudadanía dentro de éste. En la misma línea, hizo referencia a la participación tangencial de los trabajadores y trabajadoras en el proceso constituyente anterior. Desde su licenciatura se ha desempeñado en la litigación y tramitación judicial, destacándose por su diligencia y compromiso con la excelencia. Sergio se integra al estudio jurídico Lizama Abogados en el año 2023 y actualmente es integrante del Área de Litigios Laborales, asumiendo la defensa de diversos clientes ante los Tribunales de Justicia.
Con educación e información es que el inherente desbalance de poder entre los empleadores con los trabajadores se puede equiparar. Un trabajador con conocimiento fortalece su identidad, permitiéndole enfrentar los desafíos como un ente con conciencia. Ser “una escuela” es una ardua labor, pero lo que en base al cariño de los distintos compañeros que han pasado por ella, y por sobre todo, por las ganas de aportar con un grano de arena a la lucha contra los abusos y desigualdades laborares, ha sido posible darle continuidad a este proyecto.
Este enfoque del problema de la sindicalización contrasta con el que ha predominado en países como Francia y Estados Unidos. Mientras que en el primero, este problema ha sido analizado como consecuencia de la institucionalización y división de las organizaciones sindicales (e.g. Labbé & Courtois, 2003; Pernot, 2010; Rosanvallon, 1999), en el segundo, ha sido interpretado como el productodel déficit de “democracia sindical” (e.g. Voss, 2010). Las responsabilidades internas tienen más relevancia que los factores externos en la explicación de la desconfianza creciente de los trabajadores en los sindicatos. El tercer objetivo mediante el cual se quita total eficacia al sindicato y a la negociación colectiva para cumplir algún objetivo redistributivo y de representación política de los trabajadores es la limitación de la huelga a tan sólo su consagración formal. La huelga en Chile está subsumida en un tedioso esquema jurídico que tiene como objeto su no realización, y en caso de hacerse efectiva pierde eficacia por la instalación de limitaciones inaceptables para un derecho fundamental [2], como resulta ser la figura de los servicios mínimos universales (distintos de los servicios esenciales).
Según estipula el Código del Trabajo, este artículo contempla que, en cualquier momento y sin restricciones de ninguna naturaleza, podrán iniciarse entre uno o más empleadores y una o más organizaciones sindicales, negociaciones voluntarias, directas y sin sujeción a normas de procedimiento, para convenir condiciones comunes de trabajo y remuneraciones, por un tiempo determinado. El área de prevención de riesgos deberá acompañarse de un fuerte programa de capacitaciones a los trabajadores de la compañía. La promulgación de la Ley de Delitos Económicos implicó importantes cambios al sistema penal chileno, siendo las empresas podrán ser… De este modo, cuenta con todos los derechos, garantías y prerrogativas propias de la Libertad Sindical. Lo anterior, teniendo presente eso sí, que el instrumento colectivo suscrito con este último sindicato, se le aplicará una vez que finalice la vigencia del contrato o convenio colectivo del sindicato a que pertenecía con anterioridad. Continúa, “El trabajador se mantendrá afecto al instrumento colectivo negociado por el sindicato al que pertenecía, debiendo pagar la cuota sindical de ese sindicato durante toda la vigencia y pasando a estar afecto al instrumento colectivo del sindicato al que se hubiese afiliado, si existiere, solo en aquel momento”.