Como derecho, la igualdad constituye una herramienta subjetiva para acceder a la justicia; es decir, otorga la titularidad a las personas para reclamar, por diversas vías, la realización efectiva de la igualdad en el ejercicio del resto de los derechos. Como principio, la igualdad implica una obligación a cargo del Estado, derivada de un mandato constitucional y convencional que condiciona y sustenta todo su quehacer. Incorporar la perspectiva de género puede favorecer la remoción de los obstáculos al acceso a la justicia que afectan de forma diferenciada a ciertas personas y colectivos, disminuyendo las asimetrías y desequilibrios que se perpetúan a partir de las barreras en el acceso a la justicia en todas sus dimensiones. “La Covid-19 se ha cebado en las fisuras y fragilidades de nuestras sociedades, exponiendo todos nuestros fracasos a la hora de invertir en la construcción de sociedades justas y equitativas. Ha mostrado la debilidad de sistemas que no han logrado dar centralidad a la defensa de los derechos humanos”, dijo.
En 2016, el gobierno chileno aprobó la Política Nacional Docente (PND) que consiste en reformas al acceso y retención de educadores en las escuelas públicas y privadas con subvención del estado. Estas reformas incluyen establecer altos requisitos de ingreso y nueva acreditación para programas de formación docente, proporcionar un año de tutoría para cada maestro/a entrante con pago adicional para mentores y aprendices, y crear un sistema de desarrollo profesional para la promoción profesional a largo plazo. Muchos trabajos de investigación han tratado de identificar cuán importante es la relación entre desigualdad y desarrollo, y los mecanismos para explicar dicha relación. Así, Daron Acemoglu y James Robinson argumentan que las brechas socioeconómicas afectan negativamente el desarrollo de los países cuando se traduce en un acceso, también desigual, al poder político; este mecanismo se relaciona con la potencial captura de rentas por parte de la élite y el bloqueo de oportunidades de desarrollo para el resto de la población. Aunque la pobreza ha disminuido en el país, la distancia entre ricos y pobres sigue siendo muy importante.
Esta obra española propone una mirada alternativa, que a la vez sirva de guía para las nuevas formas de litigio nacientes. Para ello, la autora analiza las dificultades teóricas e institucionales derivadas de los derechos sociales y sugiere la elaboración de categorías acordes a su especialidad. La Convención Sobre los Derechos del Niño es un tratado internacional que existe para establecer las normas mínimas que aseguren la vida, el bienestar, la protección y la libertad de los niños y niñas. Estos Derechos se crean para buscar el adecuado desarrollo de la infancia, la cooperación internacional en esta materia y que los derechos se apliquen de manera global. La Convención sobre los derechos del niño/a ha sido ratificada por 196 Estados Parte de la Convención.
Esta rama del derecho tiene, en common, las mismas fuentes principales del Derecho Internacional Público, esto es, tratados internacionales, costumbre internacional, principios generales del derecho, decisiones judiciales y doctrina de destacados juristas de las naciones. Se trata de las normas imperativas de derecho internacional general, esto es, aquellas normas que no admiten acuerdo en contrario y que sólo pueden ser modificadas por una norma ulterior de derecho internacional common que tenga el mismo carácter. Son aquellas de más alta jerarquía en el derecho internacional y deben ser aceptadas y reconocidas por la comunidad internacional de Estados en su conjunto, indicando que existe un consentimiento amplio y basic desigualdad economica mundial, como lo mandata la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados. Para la doctrina y jurisprudencia, el derecho a la tutela judicial tiene como contenidos mínimos el derecho de acceso a la justicia o jurisdicción; derecho a que el tribunal resuelva sus pretensiones conforme a derecho; derecho a la efectividad de las resoluciones judiciales.
Es un sistema de posiciones preexistente a los individuos y con una cierta estabilidad en el tiempo, pero abierto a su reestructuración permanente en base a la acción colectiva de los mismos. Por lo anterior, su reconocimiento debe ser visto como elemento esencial de un Estado social democrático. Sin embargo, en su devastación, también ha proporcionado una clara visión de cómo podemos convertir el desastre en una oportunidad para reajustar nuestras prioridades y mejorar nuestras perspectivas de un futuro mejor. La también ex presidenta de Chile aseguró que “el 2020 es un año que ninguno de nosotros olvidará jamás.
Esta es una pregunta clave, especialmente en un mundo “post-pandemia” donde la pobreza, la vulnerabilidad y las desigualdades se han agudizado de manera dramática en Chile, tanto a nivel territorial como también respecto de grupos específicos de niños, niñas y adolescentes. Mientras el promedio nacional de hogares con niños, niñas y adolescentes que viven en pobreza es 15,6%, esta cifra se acrecienta en aquellos pertenecientes a pueblos indígenas (17%); aquellos habitantes de zonas rurales (18%); y en situación migrantes (26%). Estos ciclos de alza y baja pueden observarse a través de la evolución del coeficiente de Gini, el cual es un indicador que se encuentra entre 0 y 1, donde un mayor número indica más desigualdad en la dimensión de los ingresos. Llama la atención que en ningún período de nuestra historia el coeficiente haya estado en un nivel comparable a los que muestran los países actualmente más desarrollados (figura 1).
“Nacer con cierto shade de piel o crecer en determinado barrio no debe determinar las posibilidades que una persona tiene de morir a causa de enfermedades infecciosas como la COVID-19. Dos años después del comienzo de la pandemia, los gobiernos de América Latina siguen sin entender la urgencia de implementar un enfoque basado en los derechos humanos destinado a recuperarse de la pandemia y afrontar la desigualdad”, ha afirmado Erika Guevara Rosas, directora para las Américas de Amnistía Internacional. (…) Este observatorio surge como un espacio de vinculación con el medio, para la investigación, la formación y reflexión sobre las realidades y desigualdades que existen a nivel regional y nacional con un enfoque interdisciplinario, territorial y participativo. En este sentido, busca promover un nuevo modelo de vinculación con el medio y una nueva forma de generación de conocimiento e intervención social con pertinencia regional y nacional, considerando las diversidades y problemáticas de los territorios”. En una emotiva ceremonia que se desarrolló de manera remota, la Escuela de Trabajo Social de la Facultad de Ciencias Sociales de la UV presentó el Observatorio Desigualdades y Políticas Públicas. El objetivo de la instancia es contribuir a la generación de conocimiento dialógico, pertinencia de las políticas públicas y fortalecimiento del tejido social en un marco de principios que aboguen por la sustentabilidad territorial, la diversidad, los derechos humanos y el buen vivir.
En lo que se refiere a participación política, los resultados muestran un déficit en ambos países en diferentes niveles de decisión. En la práctica, se observa que, en el mejor de los indicadores, por cada tres varones en cargos de decisión solo existe una mujer e incluso la brecha puede aumentar a una relación de uno a cinco en ciertos períodos y/o áreas de actuación. La contraparte de esta realidad se aprecia, particularmente, en el caso de Chile en las organizaciones comunitarias y sociales ligadas a las labores del cuidado (Michel y Mahon, 2002) y la protección doméstica, evidencia empírica que nos remite nuevamente a la economía del cuidado, estructura que se reproduction inclusive en la participación femenina en las fuerzas armadas. Asimismo, cabe señalar que estos factores de violencia estructural tienen también un reflejo en los indicadores de violencia directa ejercida contra mujeres, donde el impacto de las políticas públicas ha sido a todas luces insuficiente en ambos países. El proceso constitucional chileno ofrece una oportunidad única para crear las condiciones que permitan reducir la desigualdad de género. “Una de las herramientas para enfrentar este desafío es a través de la incorporación de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA) con enfoque de género en el nuevo texto constitucional.
La incorporación de criterios de derechos humanos como la legalidad, la necesidad y la proporcionalidad al desarrollar políticas para combatir la TFGBV es crucial para delinear los límites de este equilibrio entre derechos igualmente fundamentales a la libertad de expresión, privacidad y a vivir una vida libre de violencia y discriminación. “La desigualdad también se entiende como una situación en la sociedad, en la que las personas tienen diferentes oportunidades o acceso a bienes y servicios. Así, el derecho privado tiene la aptitud de aumentar o reducir la desigualdad”, indicaba el llamado a presentar trabajos. Así como “son bienvenidas las investigaciones relacionadas con las principales instituciones del derecho privado, como la propiedad y el contrato, así como con diferentes campos del derecho privado, incluyendo, por ejemplo, responsabilidad civil extracontractual, el derecho de familia, derecho comercial, derecho laboral o derecho del consumidor”. Paula Pacheco destaca que los niños y niñas que nacen y crecen en pobreza no están condenados a vivir en esta situación y que el Estado tiene el deber de protegerlos y entregarles las condiciones para que puedan tener una vida digna. De lo anterior se desprende también la menor participación de mujeres en cargos de decisión o directivos, aun cuando alcanzan de forma equivalente el grado de cualificaciones necesarias para su participación y se las despoja de facto de esta posibilidad.
De acuerdo con los datos para 2015 del Banco Mundial, en Chile la esperanza de vida al nacer es de seventy nine años en promedio, siendo de 77 para los hombres y 81 en el caso de las mujeres, encontrándose sobre el promedio mundial (72 años, 70 para hombres y 74 para mujeres). Actualmente, en contraposición del año 1990, no existen grandes brechas entre la esperanza de vida de una u otra región, siendo esta de 2 años en 2015 y 5 años en 1990 (ver Gráfico 11). En 2015, Coquimbo y la Región Metropolitana lideran con casi eighty años en promedio, mientras que la menor esperanza de vida se observa en Antofagasta y la región de Los Lagos, con aproximadamente 78 años. En cada una de las regiones, en 2015, las diferencias van de los cuatro años (Arica y Parinacota) a los casi seis años de diferencia en Los Lagos, a favor de las mujeres. Chile ha presentado gran progreso en las últimas décadas en lo referente a indicadores de salud, con cifras comparables con países desarrollados en cuanto a mortalidad infantil y common.
Hay evidencias desde distintas fuentes y perspectivas de cómo tecnologías desarrolladas bajo lógicas comerciales basadas en la vigilancia no solo no contribuyen con la superación de brechas de género, sino que las profundizan. Cambiar esta lógica implica adoptar medidas concretas y proactivas desigualdad actual para la promoción de una innovación no solo responsable, pero comprometida con la justicia de género. Sabemos que la violencia de género facilitada por tecnologías es creciente, y genera múltiples y profundos impactos individuales y colectivos al implicar una forma de censura de género.
En relación al sistema de justicia chileno, el Estudio Diagnóstico efectuado por el Poder Judicial dejó establecido que, si bien en la institución se reconoce la igualdad formal y por ende no existen discriminaciones o exclusiones explícitas de hombres ni de mujeres por alguna condición vinculada a su género, algunos aspectos podrían incidir en discriminaciones materiales. Por ejemplo, la masculinización o feminización de la descripción de ciertos cargos al inside de la institución, o la ausencia de mención o reconocimiento como sujetos de protección a personas de diversidades sexuales, como sí se hace con las mujeres y otros grupos sometidos a condiciones de vulnerabilidad. En todo el mundo, aumentan tanto la desigualdad de la riqueza como la pobreza extrema, especialmente desde la pandemia de COVID-19, que ha acabado con casi cuatro años de avances en la reducción de la pobreza mundial y ha sumido a otros ninety three millones de personas en la pobreza extrema. Amnistía Internacional pidió una protección social universal en respuesta a la creciente disaster de desigualdad, que provoca de forma creciente violaciones de derechos humanos. En marzo del año 2010, bajo el segundo mandato de la presidente Michelle Bachellet, Chile se convirtió en el miembro número 31 de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y el primero a nivel Sudamericano. En su discurso, Angel Gurría (Secretario General de la OCDE), declara que la experiencia chilena enriquecerá el acervo de la OCDE en cuestiones clave, siendo un ejemplo al combinar crecimiento económico y mayor bienestar social.
three bis.- Relación con la Economía, el Derecho administrativo y el Derecho ambiental.- La advertencia precedente conduce a constatar la estrecha vinculación que esta sección jurídica presenta con la disciplina de la Economía. Tal como acontece en otras materias jurídicas, es evidente la incidencia de las alternativas económicas; la visión económica de los bienes, determinada por su aprovechamiento o utilidad, impone decisiones que afectan y simplemente invaden el ambiente del Derecho privado. Desde luego, la consideración del rol económico que a los distintos bienes corresponde ha influído decisivamente en el surgimiento de las llamadas “formas de propiedad” las cuales, con sus especiales estatutos jurídicos, continúan perfilándose con incesante intensidad, hasta el extremo de casi atomizar la universal noción del dominio.