Estas desigualdades políticas son las que posibilitan la segregación económica y social de la gente común y, también, son las responsables de la discriminación histórica contra los pueblos indígenas en Chile (PNUD, 2014). Este punto es de máxima importancia y se transforma en uno de los principales desafíos de la democracia, a propósito de la actual discusión sobre una nueva Constitución. Se trata de evitar las diferencias abismales que se establecen entre los ciudadanos, respecto de su capacidad de influir, de ser escuchados y representados en las decisiones públicas. Las desigualdades políticas son las que posibilitan la segregación económica y social de la gente común y, también, son las responsables de la discriminación histórica contra los pueblos indígenas en Chile (PNUD, 2014).
Venimos escuchando un argumento sobre “privilegios” en la nueva Constitución que propiciarían desigualdad entre los chilenos. Si pensamos en términos de individuos, es obvio que darle lugar a uno más que al resto sería acordarle un privilegio injusto. Artículo sobre la segregación escolar indígena en Chile y su relación con las desigualdades en el logro educativo entre estudiantes indígenas y no indígenas.
12 Otros autores han puesto énfasis en el carácter instrumental y a veces antojadizo de algunos procesos etnogenéticos, poniendo énfasis en los movimientos «new age» o en la etnicidad como una nueva religión (Galinier y Molinié 2013), mientras que otros han insistido en la línea de la identidad instrumental a partir del estudio de lo étnico en términos comerciales, destacando las relaciones entre cultura, capitalismo e identidad (Comaroff y Comaroff 2011). Esto resulta particularmente evidente si observamos uno de los actores que por excelencia debe ser incluido en el análisis, el Estado. Con sus diversas instituciones, al relacionarse con la población indígena genera muchas veces intervenciones en direcciones opuestas, contradictorias o simplemente inesperadas.
Vea usted, como ejemplo, lo que ocurre con el actual sistema de seguridad social, cuyas pensiones de hambre han dejado al desnudo quienes en realidad se han beneficiado de un sistema que no solo carece de criterios solidarios, sino que es directamente inhumano. Sin pretender hacer una reflexión académica, los hechos demuestran que esos grupos privilegiados nunca han pretendido ceder un milímetro de esas ventajas de las que gozan y se han esforzado siempre en preservarlas de generación en generación. Esta “monarquía hereditaria” de facto, ha operado con rigurosa sistematicidad, pero guardando las formas y nunca confesando sus verdaderas intenciones y sus métodos subyacentes. Antonio Ugalde manifestó que la escasez hídrica es “una escasez política que tiene que ver con el poder, la desigualdad, la pobreza y la exclusión”. En un contexto de pandemia, dijo, estos efectos se intensifican, porque dejan a la gente sin agua en medio de recomendaciones de higiene intensa.
Son proyectos que resultan incomprensibles sin tomar en consideración los factores que los engloban. De hecho, se constituyen en buena medida por ellos, pero, así mismo, constituyen experiencias que llevan fuertemente el sello de las dinámicas locales y, sobre todo, son proyectos pensados como propios por los actores locales. Este nuevo período se enmarca en la denominada emergencia o reemergencia indígena en América Latina (Bengoa 2000). Como se señaló, se trata de un escenario marcado por una incipiente y limitada política multicultural, cuyo hito mayor es la promulgación de la Ley Indígena, pero donde las cuestiones relativas a la redistribución, la specific situación de pobreza y la marginación política de los pueblos indígenas quedaron mayormente excluidas del debate público.
En concreto, en el caso chileno, el racismo institucional se ha manifestado en la mayoría de las universidades que por ejemplo hace algunos años no impartían clases en mapudungun ni como electivo, ni tampoco como parte de la malla obligatoria de las carreras. De esta manera, las universidades se transforman en espacios desafiantes para las personas que pertenecen a pueblos originarios, ya que se les invisibiliza su lengua, orígenes e historia. Recientemente se han implementado cursos en este y otras lenguas originarias, pero son impartidos extracurricularmente. En esta línea, Rollock (2014) sostiene que las minorías sociales que tienen experiencias de movilidad social se dan cuenta de cómo las personas blancas actúan para proteger sus barreras de clase media. Por ello, estas minorías desarrollan habilidades para encajar en estos espacios, cambiando su acento o forma de hablar, entre otras cosas. De esta manera, a pesar de contar con el conocimiento necesario, despliegan estrategias para ser legitimados en una estructura social mayoritariamente blanca.
Esto forma parte de un esfuerzo por entender a los sujetos indígenas como heterogéneos tanto en términos de posiciones estructurales como a nivel cultural y político, lo que adquiere una importancia explicit cuando nos enfrentamos a pueblos que no constituyen actores monolíticos, sino que deben ser analizados desde la pluralidad de actores que los componen. A pesar de que las personas indígenas han logrado, a través de la educación superior, una mayor probabilidad de experimentar movilidad ascendente, esto no implica que posean mayor igualdad de oportunidades. Como indica Bellei (2020), la importancia está no solo en el acceso a la educación, sino en el ejercicio de las oportunidades. En este sentido, Bellei outline el derecho a la educación como “el reconocimiento y valoración de la diversidad de clases sociales, étnica, religiosa, de género, de nacionalidad, y el abandono de propuestas educacionales segregadoras y monoculturales”.
87 Lo que nos conduciría a la falsa oposición, desarrollada por el liberalismo, entre democracia y derechos fundamentales. En este sentido, nos interesa analizar el problema de la igualdad en el acceso a las candidaturas políticas, que en el marco de la democracia representativa constituyen la forma predominante y privilegiada de participación política, haciendo de la competencia electoral entre partidos, regulada por el Estado, la primera respuesta de nuestros ordenamientos jurídicos a la pregunta por la democracia. La garantía de igual autonomía pública, entendida ésta como la igualdad de posibilidades en el acceso a las instancias de toma de decisiones políticas, es probablemente la pretensión más basic y a la vez la más audaz que pueda elevar un estado de derecho. Es la más basic, puesto que sobre ésta se asienta la legitimidad del ejercicio de la coacción que se arroga el Estado.
Es el caso, por ejemplo, de las comunidades mapuches de Tromen y Boyeco (novena región) en la disputa por el cierre del vertedero emplazado en territorios pertenecientes a las comunidades. Tras un largo y complejo proceso en la construcción de asociatividad en el marco de la Ley Indígena, algunas de las comunidades más afectadas han decidido emprender acciones judiciales (2015) a partir de estas asociaciones, en busca de reparación por el daño causado tanto a la economía doméstica y el valor del suelo como a sus formas de vida tradicional. En ese sentido, observamos un intento concreto por disputar desde los sujetos condiciones para una mayor igualdad. Así, también, frente a la creciente presión extractiva, hoy la Ley Indígena y las desigualdad de genero economico comunidades legalmente reconocidas y protegidas por ésta, se han constituido en una herramienta más en función de negociar condiciones favorables en el marco de la instalación de nuevos proyectos o evitar en alguna medida nuevos escenarios de victimización, que podrían agravar la relación de desigualdad antes descrita. Cabe señalar, sin embargo, que la posición histórica de los pueblos indígenas en el marco del Estado nacional no permite sacar cuentas alegres respecto de este tema, pese a los avances alcanzados por las comunidades en esta línea, pues muchas veces estas negociaciones se realizan en marcos asimétricos que van a la larga generando fragmentación y relaciones clientelares fomentadas por el Estado o agentes privados.
En este escenario, y tal cual lo ha señalado Habermas (1999), los movimientos de emancipación en las sociedades multiculturales no configuran un fenómeno unitario y, dependiendo de sus fases, la lucha por el reconocimiento puede estar dirigida tanto a la reivindicación de la diferencia más radical como también a la búsqueda de la igualdad, asegurando así los derechos no reconocidos hasta entonces a esos grupos diferenciados. Este problema se agudizó a partir de los cambios aplicados en el marco de los ajustes estructurales consolidados durante la década de 1980, los que elevaron de manera crítica las cifras de pobreza en el contexto de una de las peores disaster de nuestro país (Martínez y Tironi 1985; desigualdad de la globalización Atria 2004; León y Martínez 2001). A partir de estas políticas la reorientación de la matriz económica chilena pretendió revertir ciertos movimientos redistributivos que habían estado en marcha durante el período desarrollista, y que fueron interrumpidos y revertidos a partir del golpe militar. Fenómenos como la concentración de la propiedad de la tierra, la riqueza, el mejoramiento de las condiciones salariales y de empleo, el aumento de los niveles de calificación de los segmentos en la base de la estratificación, entre otros procesos que habían sido impulsados a través de políticas públicas concretas, fueron interrumpidos a partir de este período, aplicándose políticas específicas destinadas a revertirlos.
Hasta ahora no se encuentra información más desagregada de las trayectorias educacionales de estudiantes indígenas a nivel nacional, por lo que las concepts aquí expuestas se basan en las experiencias de vida de los casos documentados[2]. Todo esto muestra que el derecho de los pueblos originarios a la restitución de sus tierras ancestrales se encuentra íntimamente vinculado al derecho de los mismos a una vida digna, que requiere a su vez del reconocimiento de sus patrones culturales en orden a ser adecuadamente satisfecho. De modo análogo, la reglamentación de la participación electoral no puede ser considerada válida toda vez que implique el desconocimiento de las formas de organización propias de los pueblos originarios. Es en este sentido que la Corte IDH destaca que uno de los aspectos de la insuficiencia de las acciones adoptadas por el Estado de Paraguay radica en la ausencia de acciones positivas tendientes a garantizar la «aceptabilidad» de los mismos por parte de los pueblos originarios. Otro tanto puede afirmarse de la decisión de la Corte IDH en el caso YATAMA, en tanto la reglamentación de la presentación de candidaturas es atacada, en tanto desconoce las formas de organización propias de las comunidades involucradas, condicionando el ejercicio de sus derechos políticos a la adaptación a estructuras partidarias que les son ajenas. En primer lugar, porque niega el trato diferencial intrínseco a una legislación, de cuyas instancias de producción los demandantes han sido sistemáticamente excluidos.114Trato diferencial que, por otro lado, surge con toda la fuerza de los hechos en el caso, toda vez que la legislación defendida por la disidencia ha producido altos niveles de abstencionismo en regiones donde las comunidades indígenas representan un 80% de la población.
Pero no se debe dejar de lado que en gran parte del siglo XX, bajo criterios de exclusión, asimilación e imposición cultural, se obligó a los indígenas a renegar de sus identidades, como también se tendió a invisibilizar su existencia como parte del encubrimiento de las atrocidades cometidas en los procesos de consolidación nacional. De la misma manera, los procesos de migración forzosa provocaron en los desplazados la pérdida de sus referentes culturales originales, que carecían de sentido al ser accionados en las nuevas condiciones de vida, lo cual no significaba que no estuvieran presentes en muchos de los migrantes. De esta forma, si en condiciones de verdaderas persecuciones culturales los indígenas responden con la invisibilidad y el ocultamiento, ante las nuevas formas de reconocimiento no es extraño que planteen como posible la visibilización de sus formas identitarias, antes ocultas, como una forma estratégica de enfrentarse a las nuevas condiciones de vida. En este sentido, se sigue cuestionando el que se retomen las identidades y se utilicen con fines instrumentales, lo que no debería extrañar, ya que si hace algunos años ser portador de una condición distintiva como la indígena era sinónimo de persecución y estigma, en la actualidad lentamente se va transformando en símil de derechos específicos, los que en muchos casos están siendo activados.