Corporaciones, Fundaciones Y Organizaciones Sin Fines De Lucro Tributación

Las Fundaciones, en cambio, tienen además un conjunto de bienes, un patrimonio destinado por uno o más individuos al cumplimiento de determinado fin. “Se debe dejar por sentado que ambas organizaciones son Personas Jurídicas de Derecho Privado sin Fines de Lucro, contempladas en el Titulo XXXIII, del Código Civil. En las Asociaciones, el Patrimonio está constituido por las Personas, esto quiere decir que para poder constituirse como tal, necesariamente necesitan un quorum de miembros de la organizacion sin animo de lucro ejemplos organización, esto quiere decir, que aun cuando no aporten bienes o recursos, la organización existe por el solo hecho de existir la voluntad de un grupo de personas en orden a constituirse como Persona Jurídica. Por su parte en las fundaciones el patrimonio está constituido por recursos o bienes afectos a un fin determinado, sin importar el número de personas que la constituyen, por tanto, lo más importante es que exista un patrimonio fundacional y que le permita llevar a cabo su objeto.

Esta instancia convoca a representantes del sector público, privado y sociedad civil; para avanzar en transparencia en las OSFL. Todas las Personas Jurídicas de esta especie tienen el deber de presentar en el mes de octubre y noviembre Memoria y Balance al Ministerio de Justicia, en vista de esta obligación, bien se puede decir que el Ministerio de Justicia tiene la facultad fiscalizadora sobre las personas jurídicas. Concurrir con el Certificado de la P/Jurídica hasta el SII, con el objeto de obtener el RUT e iniciación de actividades en su caso.

En conclusión, las Fundaciones sin fines de lucro en Chile son una pieza clave en el desarrollo social y económico del país. Su labor en áreas como la educación, la salud, la cultura, el deporte y el medio ambiente es basic para mejorar la calidad de vida de la población y contribuir al bienestar common. Además, cuentan con incentivos fiscales que promueven su creación y funcionamiento, fomentando así la inversión privada en proyectos sociales. Sumado a las dimensiones ya expuestas, vale la pena agregar unpunto relativo a las organizaciones privadas sin fines de lucro personas y la intervención. La colaboración depende dela manera en que las presiones son resueltas en el trabajo, así es necesarioque los directivos manejen adecuadas relaciones inter-organizacionales einterpersonales, que sean favorables al intercambio. Sin embargo, los servicios se enfrentan a agendas sobrecargadas y cuentan con poco espaciopara trabajo conjunto, una vez que se han establecido las políticas, procesos y estructuras de la colaboración inter-agencial, no es automático queprofesionales que históricamente han estado separados trabajen coordinadamente.

Compartir estrategias de trabajo requiere superar perspectivasestrechas del profesionalismo y del particularismo de cada organización.Para esto, identificar un individuo con habilidades para actuar como enlaceentre las personas de los distintos sectores ayuda al proceso de asociación(Mattessich & Monsey 1992; Mullett et al. 2002). El mayor desafío esinvolucrar a los trabajadores de primera línea, quienes tienden a evaluar el trabajo inter-agencial simplemente como más trabajo; como seha sostenido anteriormente aquí el trabajo de los líderes de los equiposes basic. Hacer posible la concordancia entre las organizaciones en todos susniveles, de modo que la colaboración pueda ser efectiva, supone una reflexión en torno al liderazgo o estilo de gobierno que guía la alianzacolaborativa.

De este modo, se ha evidenciado la importancia de la rendición de cuentas de este sector, así como los beneficios que su implementación genera (aumento de confianza, mejoramiento de la gestión, reflexión interna, entre otras). Los condominios de copropiedad no cumplen con los requisitos para ser entidad beneficiaria de los proyectos priorizados con cargo al 7% de los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, al no ser una organización con personalidad jurídica sin fines de lucro. Para mayor detalle, según la Ley N° 19.638, conocida como Ley de Culto, las entidades religiosas y de culto poseen personalidad jurídica de derecho público por el sólo ministerio de la ley, debiendo inscribirse en un registro especial del Ministerio de Justicia, según lo dispuesto en el artículo 10 de la ley citada. Apareceaquí una señal de la primacía de instituciones con relaciones burocráticas que entorpecen un trabajo relacional con las otras partes, no obstante los agentes de las instituciones tengan la voluntad de trabajarcolaborativamente, el peso de la estructura obstaculiza la colaboración(Scott and Thurston 2004).

Algunas organizaciones sociales sostienen que las alianzas de colaboración tienen una incidencia positiva y directa en el clima laboral de las empresas donantes, generando, además, compromiso de empleados de la empresa donante con los principios de la OSFL. Como todo vínculo social, según transcurre el tiempo, las alianzas de colaboración van siendo evaluadas por sus integrantes. En esta dimensión temporal, muchos de nuestros entrevistados indican que las OSFL también desarrollan actividades para las empresas donantes, como puede ser la prestación de servicios ligados a su propia experticia.

Estadefinición excluye relaciones que son puramente contractuales, donde elpoder no es compartido, y donde existe una asociación que no compartemetas específicas. La transformación de los servicios sociales estatales en Chile desde el retorno a la democracia ha Estado demarcada por un énfasis en la perspectiva de derechos. Los principios garantistas y universalistas, privilegiados en este enfoque, conducentes hacia la constitución de ciudadanía, deben imbricarse en la oferta de sistemas de servicios complejos, situación que hoy no parecieran sintonizar con una regulada relación entre Estado ylas OSFL que ejecutan las tradicionales tareas que antaño realizaba elEstado. A grandes rasgos, tanto las corporaciones como las fundaciones pueden financiarse con dineros públicos y privados. Pueden iniciar actividades y prestar servicios; pueden recibir donaciones de empresas y particulares, inscribiendo proyectos en las respectivas leyes de donaciones. Es preciso que las organizaciones del mundo social aprendan a formular su petición de recursos de un modo que encuentre sentido en las empresas, lo que pasa necesariamente por establecer un lenguaje en común.

De acuerdo con los Estatutos vigentes de la Universidad Austral de Chile, aprobados por la Junta General de Socios de esta corporación, con fecha 25 de noviembre de 2004 y 26 de abril de 2005, la Universidad se organiza jurídicamente como una corporación de derecho privado sin fines de lucro, reconocida por el Estado y que goza de autonomía académica, administrativa y financiera en conformidad con la ley. Tiene su domicilio principal en la ciudad de Valdivia, sin perjuicio del desarrollo de sus actividades en otros lugares mediante campus, sedes u otras dependencias. En virtud de su carácter autónomo, la Universidad dispone de plena libertad para organizarse, determinar sus formas de gobierno, fijar sus planes de desarrollo, administrar su patrimonio, fijar sus planes y programas de estudio, otorgar sus propios títulos y grados y determinar sus reglamentos internos, con las limitaciones que le imponen la Constitución y las leyes. Pueden formar parte de este Registro las corporaciones y fundaciones sin fines de lucro que presten servicios a favor de personas de escasos recursos y/o personas con discapacidad. También pueden formar parte del Registro los establecimientos educacionales que deseen presentar proyectos de prevención o rehabilitación de adicciones de alcohol o drogas. El grupo técnico de trabajo tiene un carácter transversal y abordará la relación de las instituciones privadas sin fines de lucro (corporaciones y fundaciones) con el Estado, sobre la base de los principios de transparencia, efectividad, eficiencia, rendición de cuentas y buen uso de los recursos públicos.

Es por ello que, en la Declaración de Busán, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) cube que “las organizaciones de la Sociedad Civil cumplen un rol fundamental en permitir que las personas reclamen sus derechos, en promover enfoques basados en derechos, en formar las políticas y asociaciones, y en monitorear la implementación”. De ahí se sigue que las distintas organizaciones de la sociedad civil, como fundaciones, corporaciones sin fines de lucro y ONG’s cubren ciertas necesidades que no pueden ser resueltas ni por el Estado ni por el mercado. Al igual que todas las entidades jurídicas, las OSFL tienen obligaciones tributarias que cumplir, especialmente en relación a los Impuestos a la Renta y al Valor Agregado. También deben dar cumplimiento a inscribirse en el Rol Único Tributario, efectuar Pagos Provisionales Mensuales y practicar las Retenciones de Impuesto, en los casos que corresponda. Chile Transparente se encuentra participando desde principios del año 2012 en una Mesa Técnica convocada por el Programa Transparentemos.

Las empresas son organizaciones con fines de lucro cuyo objetivo básico es la obtención de recursos para la reproducción del sistema. Como hemos visto al caracterizar los tres sectores en que se desempeñan los distintos tipos de organizaciones, las racionalidades que orientan el quehacer de las organizaciones se derivan del sector al que pertenecen. El aprendizaje que deben hacer las OSFL consiste en mostrar que la alianza con una empresa lucrativa puede agregar valor económico a dicha empresa, del mismo modo como debe agregar valor social que sea atractivo para la OSFL. La licencia social, para sólo señalar un ejemplo evidente, agrega un valor económico tan importante, que sin ella ninguna empresa puede operar.

Esto también tiene un efecto positivo sobre empresas privadas que buscan alianzas que les faciliten lograr los requerimientos sociales de Responsabilidad Social Empresarial. Este artículo pretende estudiar las alianzas de cooperación de OSFL chilenas con organizaciones donantes, describiendo las principales características de dichas alianzas y su dinámica evolutiva. Para ello se ha optado por una metodología cualitativa, que permita profundizar en el cómo y por qué de las alianzas de colaboración entre empresas y OSFL. La elección de la muestra y definición de variables se ciñen a los principios del estudio de casos en tanto su análisis sigue los principios de la grounded concept. Estas dos metodologías son adecuadas cuando se pretende construir o contribuir a la construcción de una teoría en un área de interés poco analizada (Harrison y Freeman, 1999), como es el caso de alianzas de colaboración entre organizaciones tan distintas como las aquí expuestas.

organizacion privada sin fines de lucro

Conveniencia de establecer alianzas con grupos económicos que garanticen la continuidad de la labor de las OSFL. Muchas de las organizaciones entrevistadas indican que la consolidación de su plan de alianzas de colaboración les ha permitido más que buscar alianzas con organizaciones particulares, realizar la búsqueda con grupos económicos consolidados. La mayor parte de los entrevistados indica que las alianzas surgen a partir de contactos pre-existentes que hacen posible instaurar el vínculo. Como señalaran Koljatic y Silva (2002), este tipo de relaciones incluye vínculos sociales primarios entre gerentes o encargados de las OSFL y gerentes o encargados de llevar adelante la Responsabilidad Social de las empresas.