A pesar de este carácter conflictivo entre estas heterogéneas formas de lo político en la transformación de los espacios, comprobamos que el potencial de agencia política de las organizaciones estudiadas radica en el contacto, negociación e incorporación táctica de las organizaciones externas como ONGs, servicios de salud y educación pública, and so on. En este punto no fue difícil constatar también una serie de contradicciones discursivas respecto a las consignas de auto-organización a la vez que se producen demandas de orden institucional. Sin embargo, igual como reveló el estudio de Svampa (2008), esta política contradictoria se despliega en una red de territorios enfocado en las disaster medioambientales del presente, atendiendo urgencias coyunturales, así como problemáticas más profundas. En un extremo de esta tensión, desde los relatos sobre el intervencionismo de organizaciones externas (estatales, ONGs y privados) emerge la noción de espacio público masculino, referido a las formas de acumulación por “desposesión” (Harvey, 2012) y de “cercamiento” de las relaciones sociales como acto patriarcal sobre los espacios, el cual pretende bloquear el despliegue de los comunes y limitar el potencial de transformación social de estas organizaciones (Federici, 2018).
En un contexto de desocupación, empobrecimiento y despliegue de políticas sociales focalizadas, esta demanda de trabajo se especificó en la petición de vacantes en programas de empleo transitorio y en la gestión de tales recursos de origen público. Un primer paso para aportar respuestas a tal pregunta radicó en discernir las formas socio productivas que configuró el programa y la organización del poder al inside de tales formaciones. En trabajos previos, y en línea con la perspectiva de Wright (2015) en torno a las utopías reales, se denominó esta vía de conformación de cooperativas como “incubada” por el Estado y se indagaron las limitaciones y potencialidades que plantea respecto al incremento del poder social en la economía. La peculiaridad de las cooperativas de trabajo, al menos desde el punto de vista jurídico y formal, reside en que brindan trabajo a los/las asociados/as que las integran. Así, constituyen una forma socioproductiva no estructurada a partir de relaciones asalariadas, en donde prevalece el poder social emanado del carácter asociativo del vínculo entre los/as trabajadores/as y de la autogestión como modo de organizar la producción.
Por su parte, la Seremi de Gobierno, Ingrid Schettino señaló “el Fondo Chile Compromiso de Todos viene a apoyar y a complementar una serie de fondos que tiene nuestro Gobierno para disposición de la sociedad civil, tal como lo ha hecho nuestro Presidente que quiere una sociedad civil empoderada, una sociedad civil que pueda tener los recursos para poder desarrollar su sueños o desarrollar los proyectos que tienen que ver con la gente donde participa”. Sofía Elric, directora de Relaciones Públicas y Alianzas Estratégicas de la Fundación Fibromialgia en Acción ubicada en la Región Metropolitana, añade que “todas las experiencias que hemos tenido con Trascender y el voluntariado profesional han sido claves en nuestro crecimiento como organización. Nos han permitido crecer en todos los ámbitos y comprender la importancia de una buena gestión y planificación para cumplir nuestros objetivos”. Las actuales demandas del país le dan más sentido que nunca
Mientras que en el primero el Estado native se constituye en el principal adversario, en el segundo, la inserción de la cooperativa en una organización social genera oposiciones entre las trabajadoras respecto al propósito de la producción. La fase de “redemocratización” consistió en la definición de la garantía de los derechos a la libertad de creación y de acción de las OSCs, ocurrida durante las décadas del ‘80 y ‘90. Al efecto, la Constitución Federal de 1988 previó la no interferencia estatal en la creación, funcionamiento y auto-organización de tales entidades. Consolidada la situación anterior, una segunda fase de “participación ciudadana” se inicia con la dinamización del mandato constitucional de participación y control social por representantes de OSCs en el proceso de elaboración, implementación y evaluación de políticas públicas, ejercido en ámbitos tales como planificación municipal, usuarios de servicios públicos, seguridad social, salud, educación, protección del patrimonio cultural, entre otros. La acción de las OSCs bajo esta perspectiva se vio reflejada en su integración en consejos de políticas públicas y, por otra parte en su movilización, incidencia y aportes proposititos en diversas leyes, como la Ley de Recursos Hídricos, la Ley Nacional de Telecomunicaciones, el Estatuto del Niño y del Adolescente, la Ley Orgánica de Asistencia Social, la Ley de Incentivos Fiscales para Proyectos Culturales. El derecho a participar se tradujo en esta fase en el deber del Estado de crear y regular espacios significativos de participación.
Cada uno de sus componentes debe desarrollar roles y funciones que tienen la particularidad de estar relacionados entre sí. Hoy, gran parte del proceso de voluntariado está automatizado a través de nuestra plataforma internet Pontis, en la cual, tanto organizaciones sociales como profesionales voluntarios, pueden conectarse y trabajar juntos en base a sus intereses. El Presidente de la República, para que a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social se disponga la creación de un seguro que les brinde protección por los accidentes que sufran en el desempeño de sus labores, dado que al ejecutarse éstas mayoritariamente en terreno, el riesgo de esos siniestros aumenta.
Jefa de Estado señala en inauguración de sede de Junta de Vecinos Paz y Progreso que este es el mejor ejemplo de empuje comunitario, los vecinos han trazado las bases como organización social sólida y con metas definidas y concretas El nombre de s… La asistencia sanitaria es una actividad compleja, en la que el resultado deseado se alcanza sólo cuando las actividades y los recursos relacionados se gestionan como una serie de procesos sucesivos, en los cuales los resultados de un proceso se convierten en elementos de entrada de uno o más procesos consecutivos. Los contratos entre las partes de la organización, son el instrumento por medio del cual se definen y delimitan las relaciones de interdependencia que se desarrollan entre ellas como resultado de la división del trabajo. Estas organizaciones son verdaderos héroes en la defensa de derechos y causas específicas, desde la lucha contra la pobreza, la promoción de la educación y equidad de género, hasta el impulso del emprendimiento, la protección del medio ambiente y la defensa de los derechos humanos. Además de resultar de tal forma ajenos a la naturaleza de los riesgos cubiertos por el Seguro de la Ley N°16.744, la inexistencia de una remuneración o renta sobre la cual deban cotizar, obligaría a buscar una fuente de financiamiento distinto a las previstas en el artículo 15 de la Ley N°16.744, para otorgarles cobertura.
El Consejo Nacional seleccionará los proyectos de carácter nacional que, de acuerdo al mérito, la calidad de las iniciativas y la disponibilidad de recursos, se adjudicarán recursos del Fondo de Fortalecimiento. Asimismo, y en base a los mismos criterios, cada Consejo Regional seleccionará los proyectos de carácter local y regional que se adjudicarán recursos en esta convocatoria. De esta manera, y volviendo a las preguntas que formulamos al comienzo, podemos constatar desde nuestros resultados un horizonte no estado-céntrico de transformación social, cuyo foco más bien se centra en la reproducción de la vida, precisando del contacto táctico con la política masculina dominante sólo como forma de apertura de su propia expansión (Gutiérrez, 2017). Esta forma de identificación táctica (Rivera, 2014) se vincula aquí con la memoria larga de los pueblos mapuche -la noción del futalmapu12- que piensa la fragmentación y la heterogeneidad social como parte de la riqueza disponible en el espacio y que nutre la generación de alianzas más amplias para contener los espacios comunes cada vez más anchos. El antagonismo entre estas dos políticas contrastantes que disputan la riqueza de los espacios tensa la noción de lo público en direcciones opuestas, generando una imagen espacial manchada y que se observa con nitidez en esta descripción de Piuke Ko. A partir de esta constatación generamos nuevas interrogantes que se desprendieron de una relectura de los resultados preliminares, y -cuidando de no caer en una construcción teórica a priori- desde los datos empíricos sistematizados y la propia experiencia vivida como investigadores/as fueron reclamadas nuevas fuentes que pudiesen completar de la mejor forma nuestro análisis, en forma acorde al “framework approach” (Ritchie, & Lewis, 2003).
Praxis descolonizadora que elabora las contradicciones culturales como una ventaja y desde dentro de cada subjetividad individual, pues el colonialismo interno no sólo implica la reactualización de las estructuras coloniales en el presente, sino también opera como un activo incorporado en el habitus de las personas. Bajo la protección de la Constitución de 1980 y del Tribunal Constitucional, fue finalmente promulgada en 1995 la Ley 19.418, que reprodujo la fragmentación y no entregó más poder a las organizaciones comunitarias que el de ser ayudantes del Estado. Esta desaparición de las organizaciones comunitarias del mapa del poder se reprodujo también en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en la ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, en la Ley General de Urbanismo y Construcción, y en la Ley de Participación Ciudadana en la Gestión Pública, entre otros cuerpos legales.
2 Se puede mencionar entre estas entidades, a riesgo de omitir algunas, a Fundación Minera Escondida, Fundación ProHumana, Fundación Pro Bono, Fundación Para la Superación de la Pobreza, Protectora nacional de la Infancia, Fundación Simón de Cirene, Fundación Hogar de Cristo, entre varias otras. Si bien la concept de fortalecimiento de las OSCs no se agota en la sustentabilidad económica, esta es sin duda un pilar que no se debe obviar y que en las actuales circunstancias resulta crítico y, por ende, urgente de abordar estructuralmente. Haga su solicitud también a través del banner OIRS -Oficina de Información, Reclamos y Sugerencias- de este sitio internet.
Todo lo cual, si se trabaja adecuada y eficientemente, permitirá que las amenazas sean transformadas en oportunidades, y las debilidades en fortalezas. Y Mlynarz, D.(2013), “Balance de la implementación de la ley de participación ciudadana a nivel municipal”, en De la Fuente, G. Y Mlynarz, D. El pueblo unido,Mitos y realidades sobre participación ciudadana en Chile, Eds. En tal sentido, una opción a discutir en profundidad es que el referido Consejo de Participación Ciudadana y Fortalecimiento de la Sociedad Civil disponga de una división cuya autonomía, objetividad y probidad se asegure institucionalmente y que se encargue de la gestión superior del Fondo de Fortalecimiento de las Organizaciones de Interés Público. Al efecto, coincidimos en que una estrategia integral de fortalecimiento de la sociedad civil, como la que el mencionado Programa de gobierno propone, implica la redefinición de los objetivos, los montos y formas de asignación del actual Fondo de Fortalecimiento de las Organizaciones de Interés Público, creado por la Ley 20.500, de 2011. Las subvenciones son concebidas como colaboración entre la Administración Pública y los particulares, precisando la ley el tenor de la “relación jurídica subvencional”, que se encuentra afecta a determinados objetivos, requisitos, procedimientos y sistemas de management y evaluación.
En consecuencia, la idea de asegurar el financiamiento público de las OSCs como una responsabilidad del Estado se funda en la debida articulación de los principios indicados y en reconocer la primacía del amparo, en el sentido de la colaboración y el fortalecimiento de la sociedad civil. Al carácter cada vez más complejo del mundo asociativo chileno se ha sumado una creciente legislación regulatoria con intención muchas veces de promoverlas y apoyarlas a su inserción social. Contrario a lo que se pudiera pensar, desde la propia experiencia de las OSCs estos afanes regulatorios no han contribuido al desarrollo y buen funcionamiento de las mismas en Chile. El informe del PNUD del año 2000 concluyó enfatizando dificultades en su institucionalización y consideró como prioritario establecer reformas legislativas. Se refiere a una sociedad civil que pese a tener un potencial asociativo significativo, adolece de dificultades para relacionarse entre pares y para constituir redes de colaboración(PNUD, 2000).
Estas cooperativas basaban su actividad en la demanda estatal y se concentraban en actividades de vivienda, infraestructura social y mantenimiento de espacios públicos (Vuotto, 2011). El programa tuvo su mayor despliegue en el Gran Buenos Aires, esto es, la periferia de la ciudad de Buenos Aires. Su implementación a nivel native, así como la naturaleza de las actividades productivas estipuladas, otorgaron un rol destacado a los gobiernos municipales del denominado conurbano bonaerense y, de modo secundario, a las organizaciones políticas y sociales con presencia en tales territorios. Una objeción previsible y fundada, por cierto, en un riesgo evidente, es que un esquema tal de Consejo de Participación Ciudadana y de Fondo de Fortalecimiento respectivo “institucionalice” y burocratice (en sus peores versiones), o funcionalice o capture organización política resumen en provecho del gobierno de turno o de segmentos particulares en el Estado, el fenómeno y los agentes sociales eminentemente independientes, irreductibles y “líquidos” de la sociedad civil. Se debe aclarar que la concepción y eventual diseño de este Consejo no corresponde a ni tiene vocación de convertirse en un Ministerio. Se trataría de un organismo autónomo del Estado, independiente pero relacionado con el Poder Ejecutivo, con personalidad jurídica de derecho público, atribuciones legales y patrimonio propio, al modo como lo son, por ejemplo, la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI), el Consejo para la Transparencia o el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), sin pretender que alguno de estos configure un modelo perfect ni mucho menos.
Paradójicamente ahora que el fondo tiene fundamento legal (antes de la ley, se constituyó y funcionó por casi una década con fundamento en resoluciones administrativas) no ha funcionado porque las autoridades han demorado en constituir el consejo que lo administra. Pero las observaciones de fondo se orientan a la incapacidad del modelo propuesto por la ley de establecer organización lineal ejemplos un sistema de sustentación estable para las OSCs y una instancia de coordinación de los distintos mecanismos que en ella se reconocen. Pueden participar de este Fondo las juntas de vecinos, uniones comunales, organizaciones comunitarias, organizaciones y comunidades indígenas, fundaciones, corporaciones y cualquier otra organización que tenga la calidad de interés público.