Legislación: Leyes, Normas Y Proyectos

Denominaremos a estos componentes sustantivos «metaprincipios», porque se trata de principios que van más allá de la igualdad strictu sensu. Ejemplos serían las nociones de dignidad5; justicia6 (en sus diversas facetas, e.g., social, legal, distributiva, como imparcialidad); libertad; solidaridad7; autonomía8 y participación9. Si bien estos ejemplos suponen un alto nivel de abstracción, aquellos pueden ser reformulados en múltiples formas más específicas y contextualizadas. Lo que se mantiene constante, sin embargo, es que cada meta-principio infunde en la igualdad una perspectiva o «color» distinto.

Es decir, se expresan en cambios epidérmicos, retóricos o superficiales más que en transformaciones profundas y estables. Siegel observa que cada vez que el régimen basado en las diferencias de estatus empieza a erosionarse a través de la expansión de concepciones sociales que cuestionan dichas jerarquías mediante lógicas de igualdad—como las feministas— las elites ya no pueden defender sus privilegios invocando simplemente la retórica tradicional fundada en esas diferencias. “La desigualdad también se entiende como una situación en la sociedad, en la que las personas tienen diferentes oportunidades o acceso a bienes y servicios. Así, el derecho privado tiene la aptitud de aumentar o reducir la desigualdad”, indicaba el llamado a presentar trabajos. Así como “son bienvenidas las investigaciones relacionadas con las principales instituciones del derecho privado, como la propiedad y el contrato, así como con diferentes campos del derecho privado, incluyendo, por ejemplo, responsabilidad civil extracontractual, el derecho de familia, derecho comercial, derecho laboral o derecho del consumidor”. Esta noción de la igualdad constitucional requiere la promoción activa de la igualdad de oportunidades –y eventualmente de la igualad de facto– de ciertos grupos desaventajados89.

Esas trampas son ideas, expresiones, gestos, actitudes y comportamientos cotidianos, interiorizados y justificados como naturales, que condicionan el día a día de la mujer y que se conocen como micromachismo. El término fue acuñado por el psicoterapeuta español Luis Bonino Méndez, en 1991, para definir aquellas prácticas que otros especialistas calificaban como «pequeñas tiranías», «terrorismo íntimo» o «violencia blanda». Lo anterior se vio reflejado en uno de los factores determinantes del nivel de pensiones como son las lagunas previsionales, ya que mientras la densidad promedio de cotización para el whole de los hombres afiliados fue de fifty six,3%, en las mujeres alcanzó un 45,9,1%. Así, la densidad promedio de cotización para el complete de los hombres afiliados fue de fifty six,3%, en las mujeres alcanzó un 45,9,1%. «Durante 2020 tanto los nuevos como antiguos afiliados disminuyeron la cantidad de meses cotizados explicado probablemente por las restricciones sanitarias y laborales, mientras que durante 2021 se observa una recuperación de los meses cotizados incidido probablemente por las mejoras de las condiciones sanitarias y recuperación de empleos perdidos durante el inicio de la pandemia», cita el informe.

Así entendido, el derecho de acceso a la justicia abarca diversas dimensiones que le dan su contenido, tanto de proceso como de resultados, y respecto de todas las cuales la atención en justicia resulta relevante para su cumplimiento. En 2019 la Cámara de Diputados aprobó un proyecto de resolución donde condena la violencia  la las personas LGBTI tras diversas denuncias y reportes del Movilh. Más datos en el  XVIII Informe Anual de los Derechos Humanos de la Diversidad Sexual y de Género. La propuesta, redactada por el senador Carlos Ominami, ingresó el 2008 a tramitación parlamentaria con el decidido apoyo y respaldo del Movilh. La iniciativa busca garantizar que ningún padre o madre sea despojado de sus hijos o hijas en razón de su orientación sexual o identidad de género. Busca potenciar los negocios de mujeres emprendedoras de todo el país, con el fin de fortalecer su autonomía económica.

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A su vez, lo anterior se relacionaba a la concept de «ceguera de la ley», vale decir, la convicción de que las características personales de los individuos (e.g., raza, sexo) deben ser, como regla general, irrelevantes para el sistema jurídico54. La hipótesis central de este artículo es que el derecho constitucional, al invocar y hacer suya la noción de igualdad, no puede sino recoger la complejidad intrínseca al concepto. Para comprobar esta hipótesis, el presente artículo reflexiona acerca de las diversas formas en que los ordenamientos jurídicos pueden plasmar y entender la igualdad constitucional. La primera se refiere a cómo la Constitución expresa la thought de la igualdad constitucional, lo que se traduce fundamentalmente en el tipo de cláusulas que utiliza y el lenguaje que ocupa para ello.

En basic, en los tribunales de familia y del trabajo, los efectos de estos estereotipos serían un poco más marcados o manifiestos como obstáculos en el sistema de justicia. Cuando una persona usuaria no se comporta de acuerdo con lo que socialmente se espera de ella, por ejemplo, de acuerdo a su standing y rol de mujer como buena madre, tendrá mayores obstáculos y dificultades en la atención de justicia. Estas dificultades influyen en el trato recibido y pueden implicar alguna sanción que afecte su acceso a la justicia.

Los registros de la ONU señalan que en 1848, indignadas por la prohibición que impedía a las mujeres hablar en una convención contra la esclavitud, las estadounidenses Elizabeth Cady Stanton y Lucretia Mott congregaron a cientos de personas en la primera convención nacional por los derechos de las mujeres, también en Nueva York. El pasado miércoles 31 de agosto se promulgó la nueva Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos, más conocida como Ley de Pensiones de Alimentos. Esta iniciativa se suma a la Ley que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, aprobada por el Congreso en noviembre del año pasado. De acuerdo con datos de 2020 del Poder Judicial, el 84% de los hombres demandados por causas de alimentos no paga la pensión fijada, lo que significa que 70 mil niñas y niños no reciben la pensión. Por lo mismo, con estas normativas legales se busca establecer un mecanismo eficiente y eficaz de pago de las deudas de alimentos.

Entregar información de otras entidades, públicas o privadas, que también puedan orientar a mujeres y personas LGBTI que concurren a tribunales. Mantener una comunicación efectiva utilizando un lenguaje claro para que los conceptos jurídicos sean fácilmente comprendidos por quienes acceden a la justicia, especialmente cuando además del género y la diversidad sexual concurren otras categorías de vulnerabilidad. Las principales dificultades que enfrentan las mujeres se encuentran en los procesos de promoción en su trayectoria laboral. En términos comparados, las desigualdad social pdf dificultades que enfrentan las mujeres son menores en el ingreso al PJUD que durante su trayectoria laboral. Aunque se reconoce que en algunos casos pueden existir discriminaciones en las contrataciones, los obstáculos serían ocasionales, y se presentarían, más bien, en las trayectorias de las carreras y proyecciones profesionales (ascensos, promociones, traslados) dentro del Poder Judicial. Se considera que las mujeres tienen un mejor trato que los hombres y que, además, realizan en mayor medida el ejercicio de ponerse en el lugar de las otras personas.

Las más comunes son aquellas que se refieren a ciertas áreas o materias (e.g., laboral, política, tributaria), así como las que establecen «categorías sospechosas», i.e., características o rasgos personales que, como regla basic, no deben utilizarse para establecer diferencias entre individuos, tales como la raza, el sexo, la religión, la opinión política, and so on. (e.g. artículo 19 N° sixteen de la CPR). El primer aspecto formal a considerar es el sujeto a quien se dirige la cláusula de igualdad, i.e., quien tiene el deber de respetar el mandato de igualdad. Este factor desigualdad social mundial es relevante, entre otras razones, porque impacta o condiciona la exigibilidad de dicho mandato. Es así como en algunos casos el destinatario es indeterminado en el texto (e.g., «los individuos nacen libre e iguales en dignidad y derechos»).

En efecto, en algunos casos la infracción a la igualdad en la aplicación de la ley puede derivar de una discriminación por parte del órgano jurisdiccional, es decir, de «una política deliberada de trato desigual»106. Al mejorar el acceso a la justica de las mujeres se debe garantizar asistencia y defensa jurídica, de calidad, oportuna y especializada. En efecto, impactará en la creación de una institucionalidad que responda a la transversalización del enfoque de género que reconozca a las mujeres como usuarias y asegure el goce del derecho al acceso a la justicia de las mujeres como usuarias y operadoras del sistema. Esta institucionalidad debe considerar capacitaciones, talleres sobre promoción y protección de los derechos humanos de las mujeres, orientación, prevención y erradicación de la violencia de género dentro sus atribuciones.

Ahora bien, esta igualdad exige criterios de comparación, los cuales pueden o no coincidir, y cuya mayor o menor exigencia dependerá de las características del caso. Ejemplos de tales criterios son considerar más igual cualquier distribución que mejore la condición del sujeto más desaventajado; que aumente la razón o proporción entre quién tiene menos y quién tiene más; que disminuya la diferencia –en términos absolutos– entre quién tiene menos y quién tiene más, o que disminuya lo atribuido al sujeto más aventajado24. Cabe destacar, sin embargo, que la posibilidad y factibilidad de comparar igualdades o desigualdades ha sido severamente criticada25. En el texto de la Ley N°19.611, por primera vez en la historia constitucional chilena, sustituye la palabra “hombres” por “persona”, y explicita la igualdad de los hombres y las mujeres ante la ley en el N° 2 del artículo 19 de la Carta Fundamental. 78 Peces-Barba Martínez, Gregorio, Derecho y derechos fundamentales, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, 1993, pp. 323 y 324.

En realidad, el mérito es una noción altamente contextualizada, i.e., su definición depende en gran medida de las circunstancias donde es invocado, particularmente la naturaleza de la posición o el bien deseado97. Un problema adicional es la dificultad de medir y comparar méritos (incluso cuando existe algún tipo de «test objetivo», situación que no es la regla common, aquellos son rutinariamente acusados de falta de imparcialidad real, ya que reforzarían patrones establecidos de desigualdad y exclusión), lo que a su vez nos lleva al controversial tópico de la justicia procedimental en la determinación y evaluación del mérito98. Y para mayor dificultad, se ha destacado que la meritocracia puede no ser especialmente igualitaria o redistributiva99. Más aún, no todos los talentos son apreciados como tales, sino que cada sociedad valora solo una cantidad limitada de ellos.

Es posible imponer “sanciones especiales” a las empresas por infracciones como las prácticas antisindicales. Las ONG informaron que los casos que llegaban a los tribunales laborales tardaban un promedio de tres meses en resolverse. A menudo, los casos relacionados con los derechos fundamentales de los trabajadores duraban casi seis meses. Las ONG siguieron informando de que fue difícil para los jueces sancionar a las empresas y ordenar el pago de resarcimiento a favor de los trabajadores por motivos diversos, entre otros, cuando los activos de la empresa estaban bajo otro nombre o no era posible localizar a la persona jurídica. Apunta al ejercicio pleno de los derechos humanos y a la capacidad de hacerlos efectivos en la vida cotidiana.

Al pasar a ser partes en los tratados internacionales, los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos. La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos.