En ese proceso los estereotipos moldean ese significado y conducen a categorizar a las personas que se perciben como diferentes. Los estereotipos son atributos que indiscriminadamente se asocian a un grupo de forma generalizada, a veces con carácter neutro y otras, con una valoración negativa de forma expresa o encubierta. Así fue puesto en evidencia por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en el Informe “Desiguales” de 2017 y que da cuenta que la desigualdad es parte de la fisonomía histórica del país y un rasgo estructural del orden social, desde los inicios del país hasta estos días. De esta forma, no puede pensarse en el acceso a la justicia sin considerar los factores que se levantan como obstáculos para la igualdad en este derecho.
Al pasar a ser partes en los tratados internacionales, los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos. La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos. El Protocolo utiliza el concepto de desigualdades sociales, vinculándose con el concepto de desigualdades sociales estructurales y estratificación social, refiriéndose en common a los sistemas jerárquicos de una sociedad, expresados en algunas reglas para distribuir las recompensas y justificar las razones para dicha distribución. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha definido como tales estándares jurídicos “al conjunto de decisiones judiciales, informes temáticos y de país, y otras recomendaciones adoptadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Tiene impactos diferenciados en grupos afectados por múltiples formas de opresión como la raza, etnia, identidad de género, clase social, estatus migratorio and so forth, y está profundamente arraigada en sistemas y lógicas patriarcales. Su manifestación no es un fenómeno aislado sino un continuo de la violencia de género estructural al ser tanto un reflejo como una consecuencia de sistemas sociales y estatales basados en discriminación de género. En este sentido que el estudio propone que Chile avance de forma urgente en el establecimiento de un Piso de Protección Social wise a los Derechos de la Niñez, que garantice las condiciones de bienestar para el desarrollo de niños, niñas y adolescentes. Este mecanismo debe asegurar acceso common a servicios esenciales como salud, educación, nutrición, vivienda, agua y saneamiento, seguridad social; y transferencias que garanticen la seguridad de ingresos suficientes para que niños, niñas y adolescentes y sus familias cuenten con un nivel de vida digno y que les permita hacer frente a situaciones de riesgo. Conversamos con Paula Pacheco, Especialista en Políticas Sociales de UNICEF, sobre los principales resultados del estudio y las recomendaciones que emanan de la investigación.
Pero esta vez sale de toda forma inimaginable, tanto que uno pensaría que el ‘nunca más’ del año ’90 y ’91 quedó como parte del olvido”, añadió la directora del Centro de Derechos Humanos UDP. En el frente económico, la pandemia de la COVID-19 ha aumentado significativamente el desempleo mundial y ha recortado drásticamente los ingresos de los trabajadores. En materia de derechos de los pueblos indígenas, Fries afirmó que “los pueblos, las comunidades indígenas, requieren participar a través de los distintos canales institucionales existentes para hacer oír su voz. A la vez tienen derecho también a pronunciarse, por medio de mecanismos de consulta, sobre todos aquellos aspectos que los pueden afectar directamente en su supervivencia.
Legislaciones penales promovidas sin perspectiva de derechos humanos pueden ocasionar criminalización y retrocesos en materia de acceso a derechos. El check tripartito y los criterios de legalidad, necesidad y proporcionalidad deben ser considerados en cualquier política o acción destinada a la restricción de contenidos de modo a evitar la criminalización y censura de expresiones legítimas, incluso de activistas mujeres y LGBTQIA+. Abordar a la innovación, el cambio tecnológico y la educación digital desde una perspectiva de derechos humanos, reconociendo los marcos existentes en la materia, es crucial para que éstos puedan tener algún rol en el alcance de la equidad de género. Cualquier recomendación distinta puede incrementar brechas de género, avalar prácticas autoritarias y retroceder en consensos duramente conquistados a nivel internacional. Frente a evidencias de crecientes de abusos y vulneraciones de derechos facilitadas por las tecnologías en las últimas décadas, la comunidad internacional se vió obligada a superar el mito de la “independencia del ciberespacio” y reconocer las implicancias de las tecnologías digitales en los derechos humanos. Es fundamental que los gobiernos reunidos en la CSW67 construyan sus consensos a partir de la noción, duramente comprobada en la experiencia vivida de millones de personas, de que la tecnología no va a resolver problemas estructurales como los relacionados al hecho de que ciertas poblaciones han sido históricamente marginadas del acceso a derechos en su totalidad.
La generación de conocimiento teórico ha permitido la identificación de los procesos que están en el origen de la desigualdad y la discriminación de las mujeres y de las personas LGTBI y han permeado propuestas que implican la incorporación del enfoque de género en las políticas públicas, en los cambios legislativos e institucionales. Puede expresarse en términos de situación socioeconómica, acceso a bienes y servicios, asistencia sanitaria o prestaciones sociales, y puede aparecer entre individuos, grupos de personas e incluso Estados. No sólo muestra que el Derecho refleja las opiniones sociales y políticas sobre la desigualdad sino, más concretamente, que el Derecho privado puede causar, reproducir, mantener y eventualmente morigerar problemas de desigualdad.
Esta persistencia en el tiempo contrasta con el avance de otros indicadores sociales y económicos, los que han permitido reducir significativamente la pobreza en el país. Todo esto como un paso en el reconocimiento de la importancia del género como un asunto transversal que permita vivir plenamente en democracia y mejorar conscientemente como sociedades avanzadas. Tanto en España como en Chile ha existido la necesidad y preocupación evidente por mejorar planteamientos políticos desde una perspectiva de género. No obstante, en el caso de Chile es posible constatar que no se ha desarrollado hasta ahora una política educativa en materia de género y se evidencia la urgencia de contar con ella. En cuanto a los intereses declarados en la institucionalidad a cargo, Sernam, se señala la búsqueda de igualdad de oportunidades, pero no se especifica claramente que se espera la incorporación de las mujeres en asuntos políticos ni de orden social. En Chile, unos de los principales hitos en la materia fue el surgimiento de Sernam como una respuesta a la demanda organizada por contar, en democracia, con un organismo del Estado que se preocupara de promover políticas públicas de igualdad entre mujeres y varones.
No obstante, el avance en igualdad de género no fue progresando de forma lineal, sino que contó con ciertos retrocesos que fueron constatados por diferentes indicadores. En relación con las estrategias utilizadas, en el caso chileno el énfasis se ha puesto en prestar asistencia una vez que las situaciones de violencia han ocurrido. Es decir, se trabaja ex-post las situaciones de violencia, lo cual evidencia ausencia de trabajo desde la educación y promoción de derechos. Algunas excepciones se hallan en el Programa Mejoramiento de la Gestión (que information de 1998), compuesto por subsistemas como el Enfoque de Género (incluido en el año 2002), que permite de manera exploratoria conocer cómo se comportan las distintas aristas de la gestión territorial al introducir la variable de género. Para ello, en el año 2008 se realizó el Primer Seminario sobre Protección Social y Género, cuyo objetivo obedeció a la necesidad de debatir sobre desafíos y propósitos de la perspectiva de género en función de las acciones de inclusión social que se promueven desde el Sistema de Protección Social y sus distintos componentes.
La interseccionalidad puede ser entendida como un mecanismo útil para garantizar los derechos humanos y el acceso a la justicia, pues emerge frente a la necesidad de analizar de manera integral y multidimensional, la realidad que viven no solo las mujeres en el ejercicio de sus derechos, sino también distintos grupos y colectivos históricamente discriminados. Como enfoque centrado en quien es la persona afectada y sus circunstancias, la interseccionalidad ayuda a identificar, visibilizar y comprender como se cruzan en las personas diversas categorías o motivos sospechosos que debe ser tenidos en vista para hacer un análisis más riguroso de cada situación. La desigualdad es un tema que aflora en cada uno de los informes desigualdad de la sociedad económicos que la OCDE realiza para Chile. En 2015, el país ocupa el puesto número dos en desigualdad entre los miembros de la OCDE (medida a través del índice de Gini antes y después de impuestos y transferencias), después de México. Lo siguen Turquía, Estados Unidos y Lituania, siendo los países con menor desigualdad Islandia, Eslovaquia y Eslovenia (OCDE, 2018). La desigualdad de Chile es intra e interregional, los ingresos del 10% de la población más rica del país son 27 veces mayores que el decil más pobre (OCDE, 2015)6, por sobre el promedio de los países de la OCDE, donde el 10% más rico gana 9,6 veces más que el 10% más pobre (siendo esta la mayor diferencia de los últimos 30 años) (Keeley, 2015).
Hacer frente a la desigualdad requiere de una respuesta sistémica y colaborativa, y por eso, además de los gobiernos, se requiere de la participación de las empresas, los inversores y la sociedad civil. Esa es la convicción que motivó en septiembre de 2021 la creación de la Comisión Empresarial para la Lucha contra la Desigualdad (BCTI, en inglés), instancia conformada por 60 empresas y organizaciones a nivel global, y que acaba de lanzar en Chile una guía práctica en español con 10 acciones concretas que una empresa puede impulsar para aportar a este desafío. “Las nuevas formas de digitalización se están extendiendo a más ámbitos de la vida pública y privada, con casos especialmente preocupantes relacionados con la migración y el asilo, la gestión laboral y del lugar de trabajo, y el sistema de justicia penal”, concluyó Aspen.
Otro ejemplo de trabajo en esta misma línea es llevado a cabo por los Centros de Atención Integral y Prevención en Violencia Intrafamiliar, posteriormente denominados Centros de la Mujer. Como su nombre lo indica, estos buscan prevenir, pero sobre todo dar atención a mujeres víctimas de violencia, pero sin establecer diferencias entre aquellos casos de violencia de género, violencia intrafamiliar y violencia contra las mujeres, lo cual impide contar con cifras claras y realizar estudios que apoyen la tarea de prevención y educación. A partir de la comprensión del concepto de género es factible identificar cuál es el papel que ocupan las mujeres en la sociedad.
El objetivo formativo general del curso, es iniciar a los estudiantes en la comprensión de las teorías y conceptos de la justicia social y como esta puede contribuir a la promoción de cambios normativo-institucionales en sociedades cada vez más complejas e inciertas. El primer tipo de desafíos es expresión de diferentes teorías éticas y metaéticas y dice relación con las condiciones de posibilidad que deben concurrir para que un conjunto de principios o normas éticas sirvan como reglas de comportamiento individual y colectivo. Ello ocurre, por ejemplo, en decisiones médicas de trasplantes de órganos, en problemas teóricos como el Trolley problem o el dilema del prisionero y en problemas de racionalidad colectiva como la posición originaria de la teoría de la justicia de John Rawls, por mencionar algunos casos.
A.- Las alternativas económicas fundamentales que sean adoptadas en un momento determinado en un país, como de economía más libre o más dirigida, son las que a su vez gradúan la apropiabilidad de bienes, de modo que el derecho de propiedad será extendido a un mayor número de bienes, o quedará contraído, según aquellas decisiones. Los sistemas educativos deben procurar recursos financieros y no financieros para los alumnos de menores recursos para asegurar que todos los alumnos gocen de altos niveles de aprendizaje. Para hacer visible desigualdad actual este problema, desde Good Neighbors Chile hemos preparado una recopilación de datos alarmantes sobre la desigualdad educativa y la pobreza en Chile. Pero de la misma manera, hoy tiene que investigar las responsabilidades penales, y también hay que investigar las responsabilidades administrativas, institucionales. “Decimos que es una situación que se acrecienta, y se acrecienta porque nosotros hemos visto a lo largo de los años esa utilización desmedida de la fuerza.